Los periodistas firmantes queremos compartir con ustedes nuestra preocupación por el uso de un mecanismo que atenta de manera directa contra la libertad de prensa, el libre comercio y el derecho a la libre información.

Se trata de funcionarios gubernamentales cuyas actuaciones cuestionables han sido dadas a conocer por trabajos periodísticos de investigación, y que han reaccionado tratando de silenciar a la prensa haciendo presión sobre las empresas anunciantes.



Cualquier ciudadano que se sienta difamado tiene a su alcance el recurso de una demanda por injuria y difamación, pero esa vía, que es la correcta, tiene para ellos una dificultad: si el periodista acusado demuestra en juicio que lo que publicó responde a la verdad, la demanda se cae y el demandante queda aún más evidenciado.

Ya son dos los casos en que, haciendo uso de un cuestionable malabarismo jurídico, funcionarios gubernamentales de actuaciones contrarias a la transparencia, envían actos de alguacil a las empresas anunciantes, con la amenaza de que las harán penal y civilmente responsables de las publicaciones que se difundan sobre sus hechos y conductas.



Estos funcionarios saben que una demanda contra una empresa anunciante nunca produciría un resultado legal favorable para ellos, pues la ley 6132 de expresión y difusión del pensamiento, pone la responsabilidad de lo publicado en los hombros de los periodistas y los directivos de los medios, nunca de los anunciantes, que obviamente no tienen el control de los contenidos periodísticos. Sin embargo, ejercen la presión sobre las empresas anunciantes buscando causar un daño económico a los medios periodísticos responsables.

La víctima final de esta maniobra es el ciudadano, pues lo que se busca es que éste no pueda enterarse de las acciones cuestionables de esos servidores públicos, y para causar ese perjuicio a la sociedad, pretenden amedrentar a periodistas y a empresarios.

En el primer caso, protagonizado por el señor Héctor Rodríguez Pimentel, ex director del INDRHI y del IAD, contra la periodista Alicia Ortega, ésta elevó un recurso de amparo y la decisión judicial fue contundente: la sentencia estableció la ilegalidad de la maniobra, considerándola como un atentado contra la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

Del segundo caso, protagonizado por el Dr. Euclides Gutiérrez Félix, Ministro sin Cartera y Superintendente de Seguros, contra la periodista Nuria Piera, ya ha sido apoderada la justicia de un recurso de amparo.

En vista de esta situación, invitamos a todas las organizaciones empresariales del país a pronunciarse públicamente en rechazo de estos mecanismos, que pretenden crear una sociedad de silencio y opacidad, contraria a las aspiraciones de democracia y transparencia por la que ustedes vienen luchando.

Defendamos la transparencia y los principios democráticos.

Señores:

Integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura

Han sido ustedes convocados para la delicadísima tarea de escoger a los magistrados que integrarán la SCJ, el TC y el TSE, en una elección llamada a mejorar la confianza de los ciudadanos en su sistema de justicia. Como ciudadanos y como periodistas, los firmantes de esta comunicación nos dirijimos con todo respeto a ese CNM para expresar nuestra oposición a que el abogado Raúl Reyes Vásquez pueda formar parte de la SCJ o del TC, posiciones a las que aspira.

Nuestra oposición a esa candidatura se basa en que el abogado Reyes Vásquez ha firmado una intimación a los anunciantes de un medio de comunicación con la pretensión de silenciarlo, en un acto antijurídico que deviene en violación a derechos fundamentales como la libertad de prensa, la libre expresión del pensamiento y el derecho a la información.

El acto, enviado por este abogado a nombre del superintendente de seguros, Euclides Gutiérrez Féliz, advierte a los anunciantes del programa Nuria, de la periodista Nuria Piera, que los sometería como responsables de las denuncias que esta comunicadora ha presentado, con pruebas documentales, de que el mencionado funcionario no paga el servicio de energía eléctrica desde hace más de cinco años.

Con este acto, el mencionado abogado demuestra, primero, que ignora un principio jurídico elemental: que los anunciantes de un medio de prensa no tienen el control de su contenido y por tanto no pueden ser perseguidos como supuestos responsables de publicaciones periodísticas, y, segundo, se presta a una maniobra que sólo sirve como medio de amedrentamiento, poniendo en riesgo los indicados derechos fundamentales no sólo para los periodistas, sino además para todos los ciudadanos.

Esa actuación evidencia que el perfil de ese abogado no se ajusta a las cualidades que deben adornar a un magistrado de la SCJ o del TC, como el dominio de la ley y la doctrina jurídica, y el compromiso con los fundamentos de un estado de derecho.

Agradeciéndoles que tengan a bien tomar en consideración estas razones, les saludan, atentamente,

María Isabel Soldevila, Juan Bolívar Díaz, Huchi Lora, Nuria Piera, Alicia Ortega, Altagracia Salazar, Nancy Brito, Paola Espinal, Anyelis Isa, Fausto Rosario Adames, Miguel Guerrero, José Tejada Gómez, Jean Michel Caroit, Fernando Hasbún, Luis José Chávez, Roberto Cavada.