Santo Domingo. Algunas entidades dominicanas aplicaban a las tarjetas de crédito tasas de interés “excesivamente altas”, de aproximadamente un 80% promedio anual, lo cual ha sido regulado por el nuevo reglamento de la Junta Monetaria, reveló ayer el superintendente de Bancos, Rafael Camilo.

Indicó que ese reglamento, que entró en vigencia este mismo día, establece que la tasa de referencia para estas operaciones debe ser la tasa de interés que cobran por los préstamos de consumo que en la actualidad es de de un promedio de 18%,es decir, la misma que rige para los préstamos dirigidos a compras de vehículos, a gastos personales y otros.



“Desde hoy el balance que los bancos envían al tarjetahabiente, ya sea en papel o mediante el correo electrónico, debe indicar claramente la tasa de interés que se está cobrando a este último, las comisiones cobradas y los saldos insolutos”, expresó durante una entrevista televisiva.

Agregó que la Junta Monetaria ha dicho que solamente debe ser puesta una tasa de referencia, que es la de consumo, y eso lo hará cumplir la Superintendencia de Bancos, la cual es la encargada de velar porque sea aplicado el Reglamento.



Resaltó que “lo mejor es que ahora el tarjetahabiente sabrá a ciencia cierta qué el banco le está cobrando» y de esta forma cada propietario de tarjeta podrá comparar la tasa que aplican una y otra entidad bancaria, lo cual imprimirá transparencia en las operaciones.

Camilo emitió estos criterios al ser entrevistado por los comunicadores Danny Alcántara, Luisín Jiménez y Oscar Medina en el programa “Hoy Mismo, por Color Visión.

Las autoridades monetarias y financieras de la República Dominicana dieron a conocer esta medida en momentos en que había serias quejas de tarjetahabientes por los altos intereses que les cobraban los bancos y las cláusulas onerosas que contienen los contratos que les hacen firmar los bancos para expedirles una tarjeta de crédito.

De acuerdo a un comunicado emitido por la Junta Monetaria el miércoles, el establecimiento de la tasa promedio ponderada para las operaciones de tarjetas de crédito, contribuirá a inducir a una baja significativa de las tasas de interés que hasta ahora cobra el sector financiero por dicho servicio.

Ha quedado prohibido, asimismo, a las entidades emisoras cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses y se ha obligado a éstas a efectuar el cálculo de los mismos intereses sobre el saldo insoluto lo cual, aunado a los dos aspectos anteriores, “va a contribuir a una reducción sustancial de las cuotas a pagar por los tarjetahabientes”.