Santo Domingo. El expresidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Jorge Subero Isa, dijo ayer que es inconstitucional la resolución del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), que autoriza el acceso de los órganos de seguridad del Estado a los servicios de telecomunicaciones de los ciudadanos sin previa autorización de un juez. Dijo que esa medida viola el artículo 44 de la Constitución, que consagra como un derecho fundamental el derecho a la intimidad.

“El derecho a la intimidad y la privacidad constituye una de las piezas fundamentales de la Constitución de la República, o sea, que cualquier disposición de carácter administrativo, de carácter presidencial, de carácter legislativo de carácter judicial, que vaya en contra de esa libertad establecida en el artículo 49 en combinación con el 44 es totalmente inconstitucional”, subrayó. Sostuvo siendo entrevistado por la periodista Yanessi Espinal del periódico El Caribe  que cualquier acto contrario a ese mandato es nulo de pleno derecho por la supremacía sobre otras leyes que le da a la Carta Magna el artículo seis de la Constitución.



Subero Isa fijó su posición en el marco del Almuerzo Semanal de Multimedios del Caribe bajo la coordinación del director del periódico elCaribe, Osvaldo Santana. Participaron también en la entrevista, el subdirector del diario, Esteban Delgado; el jefe de redacción de Apertura, Héctor Marte, y la editora del portal, Sandra Guzmán.

A propósito del tema, la Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana depositaron ayer un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución 086-11 que aprueba el Reglamento para la Obtención y Preservación de datos e Informaciones por Parte de los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones. El recurso fue depositado por el abogado Nanphy Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho.



El jurista explicó que la resolución 086-11 emitida por el Indotel el 1 de septiembre del 2011, aprueba el reglamento que pretende desarrollar el mandato de la Ley 53- 07 que dispone en su artículo 56 que “Indotel creará un reglamento para el procedimiento de obtención y preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios.