El juez de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia, Frank Soto, rechazó el recurso de objeción presentado al dictamen del ministerio público que archivó la denuncia que interpusiera el comunicador Marcos Martínez contra la vicepresidenta de la República Margarita Cedeño, por presuntos hechos de corrupción en la administración de fondos públicos.

El magistrado tomó la decisión, tras acoger las conclusiones incidentales planteadas por el ministerio público y la defensa de Cedeño, representada por el abogado Luis Emilio Pereyra.



En su decisión, el juez sostiene que el querellante Martínez no tiene calidad para consistirse en querellante en contra de la vicepresidenta de la República, ya que a la luz del Código procesal penal, se considera víctima al ofendido directamente por el hecho punible.

Asimismo, el juez declaró inadmisible la objeción incoada por Martínez, en contra del auto número 03116, de fecha 15 de agosto de 2012, dictado por el exdirector de la Dirección de Persecución de contra la Corrupción (DPCA), Hotoniel Bonilla.



En dicho auto, el ministerio público decidió archivar el expediente en contra de Cedeño, por considerar que los «hechos revelados no constituyen una infracción penal”.

El juez acogió el medio de inadmisión planteado por carecer el objetante de calidad para instrumentar dicha solicitud.

La DPCA tenía en su poder un documento de denuncia contra la ex primera dama, que fue sometido por Marcos Martínez Espaillat, el 9 de mayo de 2012, por un supuesto desfalco de fondos públicos asignados al Despacho de la Primera Dama.