La 2da. Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó, por decisión unánime de sus jueces, la sentencia No. 308-2013, evacuada el 13 de agosto 2013 por el 3er. Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que había declarado al ciudadano Iván Alejandro Peña Castillo NO CULPABLE de haber violado las disposiciones del Código Penal Dominicano relativas a la violencia de género y violencia intrafamiliar, en un caso que atrajo la atención nacional hace dos años, cuando la esposa de Peña Castillo, Sra. Thelcemary Mejía Agramonte, se querelló contra éste en el año 2011 en la fiscalía del Distrito Nacional, alegando haber sufrido maltratos físicos y psicológicos de manera constante durante todo su matrimonio.

Ese proceso culminó con una sentencia 3er Tribunal Colegiado en el año 2013, dictaminando que la Sra. Mejía Agramonte había sido incapaz de demostrar en justicia los alegatos esgrimidos contra su esposo, y en consecuencia descargaba al imputado, Iván Peña Castillo, de todos los cargos presentados en la acusación.



La Sra. Thelcemary Mejía Agramonte, inconforme con esa decisión del 3er.Tribunal Colegiado, interpuso un recurso de apelación que hoy fue rechazado definitivamente, en la sentencia de 30 páginas y 42 Considerandos leída públicamente en la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación, y que en el numeral segundo de su fallo: » CONFIRMA en todas sus partes la decisión recurrida, (la sentencia absolutoria del 3er. Tribunal Colegiado) por ser justa y reposar la misma en base legal.» De esa manera, la Corte de Apelación aprueba la decisión del Juzgado de Primera Instancia, y ratifica la inocencia y el descargo del Valm (r) Peña Castillo.