La Romana. El tribunal de atención permanente impuso medida de coerción contra la nombrada María Jiménez Rogels,por haber esta facilitado los medios a cambio promesas y de dádivas pecuniarias para que el señor Felito Paredes sedujera, y sostuviera relaciones sexuales con su hija, la menor de edad de iniciales M.F.J quien como consecuencia de ese hecho resultara embarazada.

Esposada



Dichos hechos según lo establecido por el Ministerio Publico contraviene lo planteado en los artículos 60 y 355 del código penal dominicano sobre seducción, complicidad y abuso sexual de menores, y lo establecido en la ley 24-97 en el artículos 396 literal C.

El Ministerio Público que dirige Richard Guilamo, a través de la magistrada Andrea Familia de la unidad de atención a la violencia de género, solicitó en audiencia medida de coerción contra María Jiménez Rogels, ya que esta recibió la suma de 500 mil pesos por desistir de la acción penal en contra del nombrado Felito Paredes, a quien también se le impuso medida de coerción por seducción de menores de edad.



Como elementos de prueba el Ministerio Publico presentó la copia del cheque emitido a favor de la señora, así como sus declaraciones en audiencias anteriores, donde sometió a Felito Paredes en donde manifestaba de manera clara que tenia conocimiento de la relación que sostenían los mismos y del daño que le causaba a su hija dicha relación.

Luego de manera misteriosa Maria Jimenez Rogels, se presentó a una audiencia mostrando un desistimiento de la acción penal en favor del nombrado Felito Paredes, lo que despertó la sospecha del Ministerio Publico quien luego de iniciar la investigación determinó que la misma había utilizado a la menor de edad, como medio para chantajear y obtener beneficios pecuniarios en este caso la suma de 500 mil pesos, que fueron entregados a la señora en un cheque de manos de los abogados del señor Felito Paredes.

El procurador de esta provincia Fiscal Richard Guilamo Cedano manifestó que, el Ministerio Público no tolerara ese tipo de acción, y que por ordenes suyas, acogiendo una resolución emanada del procurador general de La república Francisco Dominguez Brito,se ordenara el sometimiento inmediato de los padres o tutores que en casos de Litis en donde salgan perjudicados los interés de niños, niñas y adolescentes,desistan de la acción penal para favorecer los responsables de la infracción señalada a cambio de beneficios económicos.