Santo Domingo, República Dominicana.El jurista Namphi Rodríguez criticó que en un tema tan sensible como el aborto terapéutico se pretendan desconocer los principios  del Estado de Derecho para imponer las “convicciones morales o ideológicas” de  grupos sociales y así negar los derechos a la vida, a la salud y la dignidad de las mujeres.

Embarazo



Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho,  instó al Congreso a aprobar el Código Penal tal cual lo remitió el presidente Danilo Medina para garantizar las prerrogativas de las mujeres.

Dijo que la intención de sectores de mantener penas severas en el tema del aborto terapéutico coloca en una situación injusta de imputabilidad a aquellas mujeres que se vean en la necesidad de interrumpir un embarazo por situaciones de salud, violación sexual o de su  dignidad humana.



“Al no contemplarse los supuestos de eximentes por causa justificada, el proyecto de Código Penal entra en la ciénaga de la inconstitucionalidad, puesto que pretende empujar a miles de mujeres al precipicio de la muerte al obligarlas a retener el embarazo, pese a que sus vidas corran peligro por padecer una enfermedad grave como cáncer o Sida”, indicó.

El profesional del Derecho cuestionó que a esos sectores tampoco le importe que el embarazo resulte de un crimen de violación sexual o de un incesto a una menor.

“Por humillante que sea la circunstancia, el proyecto de nuevo Código Penal repite la vetusta fórmula del Código Napoleónico de criminalizar la interrupción del embarazo aún en aquellos casos de extrema necesidad”, deploró.

Dijo que los artífices de esa regulación no han  querido tener a la vista que, en la Constitución dominicana actual el derecho a la vida contemplado por el artículo 37 no es un valor absoluto, sino que está indisolublemente ligado al derecho a la dignidad de la persona proclamado por los artículos 7, 8 y 38 de la misma Carta Sustantiva.

Rodríguez precisó que el principio de culpabilidad no impera cuando una persona se encuentra en circunstancias “limítrofes”  en las que no puede garantizar el derecho a la vida de un tercero a expensa de la propia suya. Es lo que el mismo Código estipula como causa de justificación o eximentes cuando establece la legítima defensa o el estado de necesidad.

“Entonces, ¿por qué esa cerrazón de pretender hacer culpable a la mujer sólo por su condición de mujer? El aborto es el único supuesto en el Código Penal en que las mujeres son autoras anticipadas de un delito sin juicio previo”, se preguntó.

 Hay que Defender Derecho a la Vida

 El jurista consideró que nadie discute que hay que defender a capa y espada el derecho a la vida, pero también los derechos de la mujer embarazada, su integridad física y síquica y el derecho al libre desarrollo de su personalidad.

“La Convención Americana de Derechos Humanos asume una posición “neutral” sobre este tema. Sin embargo, existe una obligación general de progresividad cuando se legisla sobre derechos humanos, de manera que un nuevo Código Penal no puede replicar concepciones decimonónicas en pleno siglo XXI”, recordó.

Aclaró que en la República Dominicana lo que se está pidiendo es que se exceptúen un par de casos en los que, una vez probada la situación de violencia sexual, gravedad de salud o inviabilidad de la criatura, se pueda proceder a interrumpir el embarazo organizadamente.

“Ya ese no es un problema de debate en los países desarrollados. En Estados Unidos o en España, por ejemplo, la mujer puede interrumpir su embarazo en sin causa justificada antes de la semana número catorce. Es el derecho a la autodeterminación y al libre desarrollo de personalidad lo que impera”, dijo.

Subrayó que la sociedad dominicana aspira a que las mujeres en situaciones anómalas puedan recibir asistencia médica civilizada, pues está demostrado que en aquellas naciones donde existe la penalización absoluta de la interrupción del embarazo, hay más aborto que donde se regulan los casos posibles.

“El derecho a la igualdad que consagra la propia Carta Sustantiva nos obliga a ser razonables, pues, si se impone un régimen penal severo, aquellas mujeres con más posibilidades económicas podrán hacer “turismo abortivo”, yendo a países donde se permite esta práctica a realizarse sus procedimientos en condiciones de seguridad, mientras las mujeres pobres lo harán en un medio de inseguridad e insalubridad”, adujo.