El nuevo jefe de la Dirección Central Antinarcóticos de la Policía (Dican), coronel Francisco Eladio Bloise Olmeda, había sido procesado en el 2006, donde se le sentenció en primer grado a dos años de prisión junto al ex director de Migración Miguel Vásquez Escoto, por la sustracción de 44 mil 422 dólares a dos asiáticos apresados junto al diputado Radhamés Ramos García por tráfico de indocumentados.

La sentencia condenatoria contra Bloise Olmeda y Vásquez Escoto fue dictada por la Séptima Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional el 11 de abril del 2006, pero dejada sin efecto por la Suprema Corte de Justicia el 17 de octubre del 2007 al producirse el retiro de la querella por parte del Ministerio Público.



Ambos habían recurrido en apelación, pero la Corte de Apelación del Distrito Nacional remitió el caso a la Suprema Corte de Justicia, en virtud de que Vásquez Escoto, en el 2006 disfrutaba de jurisdicción privilegiada en su condición de diputado.

Sin embargo, ambos fueron absueltos por la Suprema Corte de Justicia por haberse producido por parte de la Procuraduría el retiro de la acusación, pedimento al que dio aquiescencia los abogados Manuel Sierra y Teobaldo Durán, actuantes en el juicio como defensores del singapurense Chen Ngow Chai y el malayo Ng Choon Seng.



Ambos acusaron al coronel Bloise Olmeda de la sustracción de 44 mil 422 dólares que como cuerpo del delito les incautaron cuando fueron apresados en la frontera, el 13 de enero del 2005, junto al diputado Ramos García.

Al efecto, el 11 de abril del 2006, la Séptima Sala del Juzgado de Primera instancia condenó a ambos a dos años de cárcel y a la devolución de la citada cantidad de dólares.

Destaca el periódico ElNacional que la sentencia condenatoria expresa: “Primero: Se pronuncia el defecto en contra de la parte querellante, los señores Chan Ngow Chai y Ng Choon Seng, constituida en parte civil, por no haber concluido no obstante estar citada regularmente para el día de hoy; Segundo: Se declaran culpables a los nombrados Miguel Vásquez Escoto y Francisco Eladio Bloise Olmeda de los crímenes de asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios y prevaricación en perjuicio del Estado Dominicano y particulares, hechos previstos y sancionados por el artículo 102 de la Constitución de la República y los artículos 32, 123, 166, 167, 171, 172, 265 y 266 del Código Penal Dominicano!

Añade que; “en consecuencia y en virtud del principio de no cúmulo de penas se le condena a los señores Miguel Vásquez Escoto y Francisco Eladio Bloise Olmeda a cumplir una pena de dos años de reclusión menor, al pago de una multa del equivalente en pesos a la tasa de cambio actual establecida por el Banco Central de la República Dominicana, de la suma de cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veintidós dólares americanos (US$44,422.00) que es el monto a que asciende la suma desfalcada, y a la degradación cívica, por lo que disponemos que los señores Miguel Vásquez Escoto y Francisco Eladio Bloise Olmeda no podrán ocupar cargos públicos, elegir o ser elegidos, siendo privados de sus derechos cívicos y políticos.