A través del decreto 389-15 en diciembre el Poder Ejecutivo declaró el 2016 como el “Año de fomento a la vivienda”, cumpliendo con el artículo 59 de la Constitución dominicana sobre derecho a la vivienda y el deber del Estado para hacer efectivo este derecho. Por este motivo se desarrolló un plan de entrega de bonos en beneficio de los ciudadanos para que puedan adquirir una vivienda de bajo costo.
De acuerdo con Roberto Millán, gerente general de Fiduciaria Universal, una vivienda económica es aquella que se comercializa en un valor de hasta RD$2,400,000. De éstos, el subsidio fiscal que otorga el Estado se hace a través de las exenciones del ITBIS e impuestos incorporados en los pagos que el constructor hace a sus suplidores.
Según Millán, el gobierno calcula que este monto ronda entre un 8 y un 10% del costo del inmueble, lo que significa que el adquiriente se beneficiará de un descuento que tomando en cuenta el valor aproximado de las viviendas podría ascender a más de RD$180 mil. En este caso, la fiduciaria se encarga de presentar el expediente a la DGII, solicitando que el bono se desembolse, y luego de recibirlo lo entrega al comprador.
Pero, ¿qué tiene que hacer un dominicano para recibir este beneficio?
Según Héctor Bretón, presidente de la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de la Vivienda (Acoprovi), debe acercarse a un proyecto de vivienda de bajo costo que se esté realizando a través de un fideicomiso, y preguntar a qué fiduciaria pertenece o lo inverso. La fiduciaria hace los trámites necesarios para que ese título obtenga el bono.
Durante 2015, cuando se inició la aplicación de la Ley 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso, las demandas de viviendas de bajo costo dinamizó el financiamiento bancario destinado a estos proyectos. Según el Banco Central, durante ese año, se evidenció un aumento de 15.2% respecto al año 2014 del crédito canalizado por el sistema financiero al sector privado para la adquisición de viviendas.
Los requisitos para obtener el subsidio están contenidos en la norma 01-15 en su artículo 3 donde dice que el comprador debe estar adquiriendo una vivienda dentro de un proyecto clasificado de bajo costo, debe ser su primera y única vivienda, y tiene que habitarla. Además, debe tener un financiamiento y presentar documentos que avalen la proporción o pago del inicial de la compra, realizado al fideicomiso. Asimismo, la solicitud deberá estar acompañada de una copia del contrato contrato tripartito de compra-venta donde consta el precio de venta.
Fuente: DiarioLibre
La gente si le gusta hablar disparate y desinformar, si usted aplica y hace el papeleo correspondiente le dan su bono, solo busque la ley, investigue y asesorece, no tiene que ser ni peledeista ni nada de eso, no hable de lo que no sabe, solo esta desinformando y si se lo negaron era porque no aplicaba porque la ley dice las condiciones y quienes aplican.
De que ley tu hablas? aqui hay ley que se cumpla?dime cual se cumple?
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Manfredo : yo lo hice atravez de una fiduciaria , y yo aplique para el bono y me dieron 124,000 , que se lo aplicaron al inicial del apartamento…eso si que el proceso duro como 4 meses
Manfredo me paso lo mismo, nunca tienen fondos disponible, que es una cantidad determinada y que no corri con la suerte de obtenerlo.
Yo intenté acceder a ese fondo. y fué imposible. Capaz que ahora sea menos burocratico.
Manfredo,Penita,los requisitos reales es ser miembro del PLD(activo) incluye a sus familiares funcionarios,bocinas, bailarinas del caravaneo, periodistas etc ,sumale a eso que algunos «compraran» mas de 2 viviendas y pensar que ese proyecto fue con el dinero de todos nosotros.No es cuestion de suerte ,es cuestion de SER del PLD.
Muy interesante artículo, muy informativo…gracias!! me hacia falta esa información.
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