El suspendido Juez de Instrucción del Distrito Judicial de Constanza dijo que el proceso disciplinario en su contra constituye un acto de sadismo jurídico, que fue suspendido fundado en el rumor público y estando en licencia médica e informó que interpuso un recurso de reconsideración por ante el Consejo del Poder Judicial, para que la decisión sea revisada y revocada.

El doctor Juan Antonio Lazala Bautista sostuvo que la suspensión fue abusiva, ilegal, desproporcionada, inconstitucional, no apegada al debido proceso, basada en el populismo judicial y que fue juzgado vulnerando su derecho de defensa.



Juan Antonio Lazala Bautista. (Wander Santana)

Juan Antonio Lazala Bautista. (Wander Santana)

Las declaraciones fueron ofrecidas durante una rueda de prensa en la explanada de la Suprema Corte de Corte, acompañado de los doctores Neftalí de Jesús González, Odilis del R. Holguín y Yasmín Paola González Sierra y Alexandre Alcántara Almonte, miembros de su defensa técnica.

El doctor Lazala Bautista dijo que en la mayoría de los procesos disciplinarios, el Consejo del Poder Judicial actúa como juez y parte, emite opiniones a priori y parcializadas antes de proceder como terceros imparciales a conocer y fallar de procesos disciplinarios en contra de jueces.



Sostuvo que el doctor Mariano Germán Mejía, “juez de sobradas virtudes, capacidades y conocimientos jurídicos en su condición de civilista que adornan su personalidad”, pero “lamentablemente carece de condiciones emocionales para presidir la Suprema Corte de Justicia”.

“La Justicia no es más que un subcomité político de los partidos mayoritarios, fruto del pacto que selló la involutiva reforma constitucional del 26 de enero del 2010”, expuso.

El suspendido juez de la Instrucción dijo que carecen de méritos las denuncias en su contra hechas por Lariza Raquel Aybar y sus temerarios abogados Agustín Abréu Galván y Sumaya Acevedo Sánchez, y señaló que esto “no es más que una afrenta y atentado contra el derecho al trabajo de todo juez”.

Refirió que no recibió dinero alguno de ningún proceso, que no tiene vivienda familiar enque los supuestos cómplices fueron descargados por el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Monseñor Nouel, que los tres imputados cumplieron cabalmente con las medidas de coerción impuesta por él y que en la actualidad el único autor material del hecho penal se encuentra cumpliendo condena.

El doctor Lazala Bautista negó que en su Declaración Jurada de Bienes del 2011 no declarara que era propietario de tres vehículos, que tomara préstamos que desbordan su capacidad de endeudamiento y que actuara de manera fraudulenta en un proceso penal abreviado.

Informó que interpuso un recurso de reconsideración en contra de la decisión emanada del Consejo del Poder Judicial saliente, para tratar de obtener la devolución de la misma, y una instancia de solicitud de pago de cinco salarios retenidos ilegalmente.

“Hemos sido doblemente sancionado tanto en cuanto a la retención de salario como a la destitución en violación a este precepto legal (artículo 62 de la Ley 327-98 y los artículos 68, 69 y otros de la Constitución de la República”, expresó.

Manifestó que, al amparo del populismo, el citado órgano de Justicia disciplinaria desconoce derechos fundamentales y “atenta contra el sustento, el trabajo, la moral, el buen nombre y honra de quienes actúa en consonancia con la ley y la Constitución de la República, pero no sujetos a presiones de carácter económicas, partidarias y de sectores políticos”