En algún momento de la vida un amigo o simple conocido podría pedirte que seas su garante en un financiamiento. Antes de asumir ese compromiso deberías conocer las implicaciones que conlleva. Néstor Contín, en su segmento Escuela Legal de Argentarium Radio, expone las diferentes modalidades y las responsabilidades que conlleva cada una.

Codeudor

Ser codeudor implica que estás tan comprometido como tu amigo a responder ante la entidad acreedora (que otorga el financiamiento). Si quien te pide que seas su codeudor se compromete a pagar RD$100 mil pesos, por ejemplo, tú también quedas obligado por esa misma cantidad.



Sin embargo, uno de los codeudores o ambos pueden exigir el beneficio de división de la deuda para responder solo ante una proporción de la misma. Este beneficio también podría ser aprovechado por la persona a la que le serviste de garante por un monto determinado.

Además, el codeudor –igual que el deudor principal- figurará como responsable de la deuda en el buró, por lo que será registrado en su historial crediticio. En consecuencia, si el deudor queda mal ante la entidad y tú tampoco respondes, la imagen crediticia de ambos se verá afectada.



Codeudor solidario

El codeudor solidario es una variante del codeudor anterior, con la diferencia de que en este caso no se puede exigir la división de la deuda, en un contexto que tu amigo no pague y te veas perseguido por el acreedor.

También en este caso la deuda quedará registrada como una deuda tuya en el historial.

“Ambas partes están obligadas por el todo”, señala Contín. Siguiendo el ejemplo de la deuda de RD$100 mil, en vez de pagar RD$50 mil, la mitad de la deuda, estarías obligado a responder por todo, a elección del acreedor. Cualquiera de los dos podría ser llamado ante la falta de pago, pues ambos son responsables principales.

Fianza simple

Bajo esta figura se acude primero al deudor principal y, si no puede obtenerse una gestión efectiva de cobranza, entonces se acude al fiador. La fianza puede ser indefinida (hasta que la deuda se cancele) o por un monto o fecha determinada. Debe ser por el mismo monto de la deuda o menor, nunca mayor. Puede prorrogarse siempre y cuando el deudor principal haga una prórroga simple de la deuda.

Fianza solidaria

Tiene prácticamente los mismos efectos del codeudor solidario. La diferencia es que los burós no pueden registrar la deuda, al tratarse de un accesorio a la misma. Incluso, si se deja de pagar, tampoco se puede, debido a que la Ley de Hábeas Data lo prohíbe.

Destaca Argentarium.com que en caso de impago se persigue a cualquier persona que figure como responsable en el contrato de financiamiento. Usualmente, al quien tenga mayor capacidad de pago, según explica Contín.

Sabiendo todo esto… ¿te atreverás a decir que sí?

Lo importantes es que antes de tomar una decisión de tal magnitud lo pienses bien. Sugiérele a la persona que te pide ser su garante si realmente es tan necesario el financiamiento que quiere hacer.

Plantéale desarrollar un plan de ahorro para que compre lo que desee en otra ocasión, sin necesidad de acudir a un préstamo para satisfacer su deseo inmediato.

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Quizá no lo sepas, pero si el banco o cualquier otra organización que otorgue financiamientos le pide a tu amigo que comprometa a un garante es porque ha notado que tiene capacidad de pago o un historial débil: busca cubrirse porque identifica un nivel de riesgo importante.

¿Se puede demandar al quien que te hace quedar mal siendo tú su garante? Te invitamos a reproducir el audio para que escuches la respuesta del experto.