Santo Domingo. A pesar de que existe una Ley de Regulación Salarial en la que se establece que ningún servidor público podrá devengar un salario mayor al presidente de la República Dominicana, son muchos los que cobran más de 500mil pesos mensuales

El periódico Diario Libre elaboró un listado con los sueldos de los funcionarios que ganan más dinero, el top lo encabeza El Gobernador del Banco Central, el mismo se embolsilla 1 millón 146mil pesos mensuales.



Esta es la lista de los salarios de lujo de los servidores públicos en República Dominicana.

La disposición se obvia en muchas instituciones públicas que establecen cargos con salarios que están muy por encima del que gana el Presidente de la República, fijado por dicha Ley en RD$450,000 al mes.



Tal es el caso del Banco Central, que tiene un salario de RD$1,146,045.00, para el Gobernador; un monto que se asemeja a los US$32,917 al mes que gana el Presidente de Estados Unidos, (equivalentes a RD$1,528,007), y que casi dobla los del Secretario de Estado y del Secretario del Tesoro, que tienen un sueldo mensual, ambos, de US$16,642, igual a RD$ 698,964.

El Banco Central también establece un sueldo de RD$ 1,033,97 para el Vicegobernador; RD$ 918,070 para el Gerente, y RD$712,905.00 para el Subgerente General. Incluso hay directores con salarios de RD$ 483,900.00.

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También la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) paga un sueldo de RD$ 559,600.00 a su director general; la Superintendencia de Bancos, con sueldo de RD$ 999,970, al superintendente y de RD$ 603,129.72, para un asesor; el Superintendente de Seguros cobra RD$ 800,000; y el Superintendente de Valores, RD$700,000.

En su artículo 5, apartado 6, la Ley de Regulación Salarial número 105-13 establece que “ningún servidor público del Estado dominicano podrá devengar un salario mayor al del titular o titulares de los poderes del Estado, de los órganos y entes de origen constitucional, de los entes y órganos dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo para la que labora. Asimismo, ningún servidor público, devengará un salario mayor al que perciba el cargo inmediatamente superior”.