El fiscal del Distrito Nacional, Alejandro Moscoso Segarra, suspendió a dos adjuntos, quienes liberaron a cinco presuntos asaltantes que integraban una banda de asaltantes.
Noticias SIN informa que el magistrado dispuso iniciar una investigación en torno al caso a los fiscales adjuntos Héctor Romero Pérez y Caris Keyla Peña Cordero del Departamento de Crímenes y Delito contra la Persona (Robo).
Los alegados atracadores tenían como modus operando seguir a sus víctimas desde el Aeropuerto Las Américas hasta su residencia.
Estos hijos de putas comentando tantas mierdas y no leen bien la explicacion. Y total no supendieron a nadie por que esos fiscales actuaron conforme a la leyes.
Santo Domingo, D.N.
22 de Febrero, 2011.
Al : Dr. Radhamés Jiménez Peña
Procurador General de la República
Vía : Lic. Alejandro Moscoso Segarra
Procurador Fiscal del Distrito Nacional
Del : Lic. Héctor Manuel Romero Pérez
Procurador Fiscal Adjunto del Distrito Nacional
Departamento de Crímenes y Delitos contra la Propiedad
Asunto : Informe sobre el caso de fecha 17/02/2011.
Anexos : 1) Denuncia d/f 10/01/2011
2) Auto No. 2277-ME-2011 d/f 18/02/2011
3) Acta de Allanamiento d/f 18/02/2011
4) Interrogatorio realizado a Valentín Soriano Garabito
d/f 17/02/2011 a las 11:10 a.m.
5) Interrogatorio realizado a Rafael Alexander Coronado
Concepción d/f 17/02/2011 a las 11:10 a.m.
6) Listado de Detenidos Policía Nacional d/f 18/02/2011
7) Listado de Detenidos Policía Nacional d/f 19/02/2011
8) Tres (03) constancias de notificación telefónica d/f 19/02/2011
9) Dictamen de Salida de detenidos d/f 19/02/2011
10) Certificación de entrega d/f 21/02/2011
11) Remisión de expediente al Lic. Jhonny Núñez Arroyo
d/f 22/02/2011.
Quien suscribe tiene a bien informar lo siguiente:
El jueves 17 de febrero del 2011, aproximadamente a las 2:45 pm., fui abordado por el Lic. Jhonny Núñez Arroyo, Coordinador del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Propiedad, el cual me manifestó que el titular Lic. Alejandro Moscoso Segarra, había comisionado al Mag. Waner Cubilete y a quien suscribe, para que participáramos en la investigación que estaba llevando a cabo el Coronel, P.N. Licurgo Yunes Pérez, en el Depto. Investigaciones Delitos de Alta Tecnología, P.N., referente al caso del ciudadano Rafael Mauricio Verdejas Vargas, de nacionalidad venezolana, el cual fue muerto a tiros en el Restaurant Casa Mencía, ubicado en la Avenida Sarasota, Bella Vista, Distrito Nacional, en fecha 11/02/2011, donde se presumía que habían participado los mismos ciudadanos que en fecha 10 de enero del 2011, atracaron a las señoras Roxanna Rivera e Ivelice José George.
Inmediatamente salgo de la oficina del Lic. Núñez Arroyo, me comunico con el Mag. Waner Cubilete, quien me dice por vía telefónica que él no tiene conocimiento de eso; en tal sentido procedo a informárselo al Lic. Núñez Arroyo, el cual me dice que de todo modo suba al palacio de la Policía Nacional, que el Coronel, P.N. Licurgo Yunes Pérez, me estaba esperando.
Al llegar a la oficina del Coronel, P.N. Licurgo Yunes Pérez, donde además estaban presente el Coronel, P.N. Rafael Méndez, Encargado del Departamento de Homicidios de la Policía Nacional, el Mayor P.N. José Cornielle Canela, el Mayor P.N. Julio César Florián Dotel, Jefe de Operaciones del Departamento de Robo. En dicha oficina el Coronel, P.N. Licurgo Yunes Pérez, me informó que en fecha 10/01/2011, asaltaron a dos (02) señoras a quienes despojaron de sus carteras, las cuales contenían en su interior documentaciones personales, dinero, joyas y un celular marca iphone; el cual entregó de forma voluntaria el señor Valentín Soriano Garabito, quien se encontraba bajo arresto de manera ilegal, ya que contra el mismo no existia orden judicial alguna. El detenido señalaba que dicho aparato telefónico lo compró en un dealer, ubicado en la Sirena de Villa Mella, Santo Domingo Norte, en fecha 05/02/2011. Dicho señor aporta la factura que sustenta dicha compra.
En virtud de esto, la Policía Nacional apresa sin orden judicial a Rafael Alexander Coronado Concepción, dueño del referido dealer, el cual dice que este aparato telefónico lo compro en la tienda de celulares M y D, ubicada en la calle Principal de la urbanización El Primaveral de Villa Mella, Santo Domingo Norte, la cual es atendida por Jonathan Martínez Contreras, quien también se encontraba bajo arresto sin orden judicial, quien establece que dicho celular se lo había comprado a un tal Kiko.
Luego de esto, el Coronel, P.N. Licurgo Yunes Pérez establece que el día del asalto a las señoras Roxanna Rivera e Ivelice José George, se efectuaron dos (02) disparos y que los casquillos recolectados en esa escena fueron analizados por la Policía Científica y que coinciden con los casquillos levantados en la escena del crimen del venezolano Rafael Mauricio Verdejas Vargas, que asesinaron el la Avenida Sarasota; razón esta por la cual necesitaban arrestar y allanar la vivienda de Kiko, para buscar el arma de fuego con que se efectuaron los disparos, arma que nunca identificaron. Cabe señalar que hasta el momento la Policía Nacional no nos ha remitido el análisis de dichos casquillos.
El viernes 18 de febrero del 2011, en horas de la mañana recibí una llamada del Mayor P.N. José Cornielle Canela del teléfono No. 829-383-7706, el cual me informa que tenia detenido al tal Kiko No obstante todavía no contábamos con la orden de arresto y allanamiento que ya se había solicitado el día anterior. Me manifiesta que Kiko dice que ese celular se lo vendió un tal Kikito, mientras se encontraba en un Drink de la Av. Hermanas Mirabal, por lo que le dije al Mayor P.N. José Cornielle Canela, que se comunique con la victima para que procedamos a realizar el proceso de identificación del tal Kiko.
Al llegar al Palacio de la Policía Nacional, donde nos esperaba la señora Roxanna Rivera, quien al conversar con nosotros nos dijo que reconoció al tal Kiko, al preguntarle que cual había sido la participación de ese ciudadano en el hecho del cual ella fue victima, respondió que ella sabe que ese era uno de los que estaba ese día y que ese era el mismo que la policía le había presentado en fotos anteriormente.
Ante esta respuesta y al no haber llegado el abogado del imputado José Francisco De León Disla (Kiko), para efectuar la rueda de detenidos, le informe a la señora Roxanna Rivera, que ella tenía que ser precisa en cuanto a cuál fue la participación de ese ciudadano en el hecho, porque cuando ella se presente ante el juez tendrá que ser clara y precisa indicando cual fue la participación del imputado en el atraco del cual ella fue objeto. De inmediato la señora Roxanna Rivera reaccionó de manera exaltada, levantándose del asiento donde estaba y nos dijo que ella no iba a ir a ningún tribunal, que a ella nadie le aseguraba su vida y que ella lo que quería era que le recuperaran sus objetos. En ese momento se presenta el Mayor P.N., Julio César Florián Dotel quien nos informa que habían arrestado al tal Kikito, y que iban a proceder a hacer una rueda de detenidos. Al presentarle a la señora Roxanna Rivera el tal kikito, ella dice que ese se le parece a uno de los que andaban, pero que tenía una gorra, por lo que uno de los policías le puso una gorra al tal Kikito, y ella dice que sí, que se parece al que la policía le había enseñado anteriormente en la foto, por lo que no se pudo realizar dicha diligencia procesal de manera legal, ya que la víctima estaba contaminada con la información que la policía le había suministrado.
En ese momento le reconfirmamos a la señora Roxanna Rivera que para poder solicitar la medida de coerción en contra de Kiko y Kikito, ella tenía que presentarse ante el juez para señalar al imputado, a lo que volvió a reiterar que no va a ir a ningún tribunal, porque nadie le asegura su vida y que el celular lo iba a mandar a buscar el lunes 21/02/2011 con una persona. Se le informa que como ella mantiene su actitud negativa a continuar el proceso, que mande de manera escrita el desistimiento expresado de manera reiterativa, a lo que la misma respondió que no hay problema.
Dada la situación, le manifesté a la víctima que me voy a quedar provisionalmente con el celular iphone, porque hasta ese momento era la única evidencia con la que contaba el Ministerio Público para vincular a esas dos personas del delito denunciado por ella, a lo cual la señora Roxanna Rivera me pide en presencia de la Mag. Cariskeyla Peña, que le otorgaran un plazo hasta las 3:00 p.m. para ella decidir si iba o no ante un juez. También le preguntamos al Mayor P.N., Julio César Florián Dotel que si se había comunicado con la señora Ivelice José George, otra de las víctimas, y este nos manifiesta que esa señora lo insultó por vía telefónica, lo cual fue confirmado por la señora Roxanna Rivera, ya que son amigas, al tiempo de manifestar que la misma estaba traumatizada después de eso y que no quería saber nada de justicia. E incluso se informó que en el vehículo de una de las personas arrestadas se encontró una cámara digital, por lo que la policía había manifestado que podía ser la que le habían sustraído, a la señora Roxanna Rivera, por tal motivo le enviaron una foto de la misma por el teléfono celular, y esta dijo por esa misma vía que esa no era su cámara fotográfica.
Continuando con la investigación, se produce el allanamiento a la casa de José Francisco De León Disla, en el cual participe personalmente. El mismo se realizó con la finalidad de encontrar allí el arma de fuego que la policía suponía se habían realizado los disparos en el robo perpetrado a las señoras Rosanna Rivera e Ivelice José George. Esto último se especifica en la orden judicial No. 2277-ME-2011 de fecha 18/02/2011, expedida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo, donde se ocuparon, entre otros, los objetos siguientes: la suma de setecientos treinta dólares (US$ 730.00), diez mil quinientos cincuenta pesos (RD$10,500.00), bouchers del Banco Popular pertenecientes a la cuenta del señor Guillermo Martínez, que justificaban que el dinero lo habían sacado de dicha cuenta, entre otras cosas que se encuentran descritas en el acta de allanamiento levantada por mi al efecto.
Esa noche del día 18/02/2011, recibí cuatro llamadas del Mag. Cirilo Guzmán y tres llamadas del Mag. Núñez Arroyo, quien es el coordinador del Departamento al cual estoy adscrito, del teléfono No. 809-223-3010, las cuales no pude contestar porque mi celular se había descargado. Esa misma noche la Mag. Cariskeyla Peña me informó que el Mag. Núñez Arroyo estaba tratando de comunicarse conmigo, porque había un coronel de la escolta del Presidente de la República, del cual no mencionó el nombre, quien estaba solicitándole que le entregaran al ciudadano Guillermo Martínez, el cual estableció que este joven era hijo del jefe de seguridad del señor Danilo Medina Sánchez; sin embargo, los ciudadanos permanecieron bajo privación de libertad. Todo en espera de la intención e interés de la victima.
El día 19/02/2011 los seis (o6) detenidos llegaron a la Fiscalía del Distrito Nacional aproximadamente a las 11:35 a.m., estos son: Rafael Alexander Coronado Concepción, Valentin Soriano Garabito, Yonathan Martínez, Guillermo Enrique Martínez, José Francisco de León alias (Kiko) y Ramón Antonio Liriano Pichardo alias (Kikito), estos dos últimos eran las únicas personas que la señora Roxanna Rivera había señalado, el día anterior, como las personas que posiblemente participaron en los hechos denunciados por su amiga, Ivelice José George. Ese día procedimos a llamar en varias ocasiones a las víctimas desde el teléfono de la Fiscalía del Distrito Nacional (el 809-687-0370) al número 809-686-6688, y desde el celular particular de la Mag. Cariskeyla Peña a las víctimas, a los teléfonos No. 809-519-4253 y 829-548-5534. Del cual ya hemos solicitado el local medido correspondiente.
Esas llamadas fueron infructuosas, y no hubo forma de comunicarse con las señoras Roxanna Rivera e Ivelice José George. De igual manera, como fiscal investigador, me pude percatar que fueron enviados en calidad de arrestados solamente los señores José Francisco de León alias (Kiko), Ramón Antonio Liriano Pichardo alias (Kikito) y Guillermo Enrique Martínez, de los cuales solamente existía orden de arresto en contra de los dos últimos, ya que a los demás ciudadanos la policía no lo envió en calidad de arrestados, sino para que se le diera la libertad. En adición a esto, las actas policiales de arresto levantadas a los ciudadanos antes mencionados le fueron asentadas a las mismas fechas y horas que no se corresponde con la realidad de la investigación. Lo que se verifica en los listados de detenidos de la Policía Nacional y la psicosis del caso que se anexan
En fecha 21/02/2011, siendo aproximadamente las 10:00 a.m., la señora Roxanna Rivera se comunicó con quien suscribe vía telefónica a mi celular personal, cuyo número le había sido suministrado desde el inicio de la investigación. La misma me manifestó que iba a enviar a una persona con una copia de su cédula a los fines de que le fuera entregado al mismo su celular. Esa persona, el señor Nelson Eris Capellán Taveras, se presentó minutos más tarde a mi oficina procurando el celular,6 por instrucción de la señora Roxanna Rivera, como ya habíamos hablado con dicha señora, procedí, sin objeción alguna, a entregarle dicho celular.
Ese mismo día, aproximadamente a las 11:30 a.m., se presentaron las señoras Rosanna Rivera e Ivelice José George, acompañadas por un abogado, al que le explicamos la situación acontecida y todas sus irregularidades, incluyendo el vencimiento del plazo constitucional de las 48 horas, que fueron otras de las razones por las cuales se pusieron en libertad los arrestados. El abogado que representaba a las señoras mostró su comprensión. A seguida le entregamos copia del expediente en cuestión, a los fines de analizarlo y presentar su querella. Además le señale que si me depositaban la misma, yo procedería a solicitarle la medida de coerción correspondiente al caso, expresándole que todos esos ciudadanos estaban ubicados y que sus abogados habían firmados al dorso de la orden de salida de los mismos.
Lo anterior resume nuestras actuaciones relativas a mis actuaciones como fiscal en el caso de la especie, en el que hemos actuado como siempre, conforme a lo que establece la Constitución y las leyes.
Sin otro particular,
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Lic. Héctor Manuel Romero Pérez
Procurador Fiscal Adjunto del Distrito Nacional
Departamento de Crímenes y Delitos contra la Propiedad
Ya ni siquiera estamos manga por hombre porque hasta ahi todavia estabamos bien ….estamos pierna por manga y cuidao!!… bueno.si DIOS no mete su mano poderosa eta vaina se jodio, ujumm
Bien por Segarra. Abusadores, hicieron eso sin sacarle su por ciento. Quisieron «cubiar» al fiscal y por eso los suspendio. A esos no se les puede pedir medidas de coercion, si hablan se caen altares. Tambien pueden morir en la carcel de ulcera, digo yoooooo.
lo bonito suspendidos es como que le digan al ladron no robe hasta que no te vea..luego te mudas y se le olvida a los vecinos…yo estoy en creer que a Jesucristo lo crucificamos en RD….y por eso las tamos pagando toitas nosotros.
Suspenderlos, pero ustedes saben bien porque. Es que trabajaban para el. Hay que ver que por ciento recibia el? Que por ciento recibian los militares envueltos? Que por ciento recibe el palacio? O ustedes creen que esa decision era de dos fiscales compañeritos del partido?
La semana pasada unos vecinos llegaban desde el aeropuerto, pero que sorpresa? Saludando y siendo encañonados por tres tipos y le llevaron hasta la madre que los pario. Me imagino que ellos estan muy contentos con la decision del fiscal. Que creen ustedes? Que cree el principe viajante? El no cree nada, no le interesa.
toy de acuerdo con zerie, suspendido y ya?? hay que ponerles medidas de coercion como a cualquier otro civil del medio… o no??
Pero no es suspenderlo nada mas… es suspenderlo y meterlo preso también, porque mientra sigamos incubriendo delincuentes esto ira de mal en peor… a lo mejor no le sacaron lo de el a parte…
Admito que me pase un chin, pero fue a propósito… y que ?