Todos los profesionales extranjeros que prestan servicio en el país deberán registrarse en el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor.



El registro fue dispuesto por la entidad defensora de los consumidores y usuarios mediante resolución, debido a que el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América (DR-CAFTA) no prevé el estatus de profesionales extranjeros que ejerzan u ofrezcan servicios en el país.

La disposición está contenida en la Resolución 03-11, emitida por el Consejo Directivo de Pro Consumidor, mediante la cual se establece un registro para que los proveedores de servicios presenten sus credenciales técnicas o profesionales como garantía, para poder operar temporalmente en República Dominicana.



La directora ejecutiva de Pro Consumidor, licenciada Altagracia Paulino, hizo el anuncio en rueda de prensa en compañía de las licenciadas Elka Scheker, abogada a cargo de la redacción del documento; Leidylin Contreras, abogada de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y Yahaira Sosa Machado, de la Dirección de Comercio Exterior y Administración de Tratados de República Dominicana.

Las tres profesionales valoraron la decisión de Pro Consumidor de acoger la iniciativa para el registro de los profesionales extranjeros que oferten servicios en el país.

De acuerdo a la Resolución, los profesionales deberán presentar sus credenciales técnicas o profesionales y su garantía para realizar el servicio.

Pro Consumidor dispuso la medida apoyado en un estudio de la Agencia de Desarrollo de Estados Unidos (USAID) que pondera el ejercicio de profesionales en el ámbito transfronterizo y que a la fecha no hay un registro.

La decisión permitirá la captura de información de los proveedores extranjeros que luego podrán ser brindadas a los usuarios y a las autoridades si fuere necesario.

El registro deberá realizarse en adición a cualquier otro requerimiento establecido en normativas legales o reglamentos existentes en el país y servirá a la Dirección de Comercio Exterior y Administración de Tratados Comerciales (DICOEX) para evaluar de manera más efectiva el impacto de los acuerdos comerciales en materia de servicios transfronterizos.

La medida adoptada por Pro Consumidor se debe a denuncias recibidas de que profesionales extranjeros ofrecen sus servicios en el país sin que los usuarios puedan disponer de información sobre los mismos, ni rastrearlos en caso de que así sea requerido por los beneficiarios de esos servicios y la posible evaluación de la calidad del servicio ofrecido.

La Resolución es emitida de acuerdo al artículo 53 de la Constitución de la República sobre los Derechos del Consumidor, que plantea que “toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley”.

“Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”, De acuerdo a la Constitución y las garantías y derechos completadas en la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario No. 358-05.

Esa resolución da cumplimiento a lo convenido en Anexo 11.19 del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América (DR-CAFTA), para la elaboración de normas profesionales.”Los proveedores extranjeros de servicios profesionales deberán completar un formulario con carácter de declaración jurada, disponible de manera física en nuestras oficinas, ubicada en la Avenida Charles Summer No. 33, Los Prados, Santo Domingo, D.N. o de manera virtual en www.proconsumidor.gob.do”.

Para mayor información pueden comunicarse a la División de Registro de Pro Consumidor llamando al teléfono 809-472-2731, ext 275 o escribiendo a la dirección electrónicain@proconsumidor.gov.do.

fuente:Hoy.com.do