Santo Domingo. El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR) podría regular el precio de los productos que integran la canasta familiar, entre ellos la carne de Pollo, siempre y cuando el Tribunal Constitucional falle a favor de la Acción Directa en Inconstitucionalidad incoada este 16 de julio por el activista Rafael (RAFA) Castillo.
Se trata de una acción directa en declaratoria en inconstitucionalidad elevada contra el artículo 143 de la Ley No. 358-05 sobre Protección al Consumidor o Usuario, mediante el cual se deroga y sustituye la ley No.13, del 27 de abril de 1963, que creó la Dirección General de Control de Precios, una de las primeras leyes de la gestión presidencial del Profesor Juan Bosch, en la que se estableció serias y drásticas regulaciones y penalidades a los infractores.
El control de precios instituido por la Ley No. 13 constituyó una intervención directa del Gobierno en el mecanismo del mercado con el propósito de proteger el poder adquisitivo y la desaparición de monopolios.
El accionante, quien es Director Ejecutivo de la Central Institucional de Trabajadores Autónomo (CITA Sindical), dijo a este medio que la población consumidora contó durante varios años con una ley que controlaba los precios de la canasta familiar, no obstante, con la promulgación de la Ley No. 358-05, el precio de los productos de primera necesidad ya no depende de la regulación gubernamental, sino más bien de las variables de la oferta y demanda.
En ese sentido agregó en comunicado enviado a Ensegundos.net RAFA Castillo que “Nuestra Constitución de la República es clara al establecer en su artículo 218 que el Estado procurará, junto al sector privado, un crecimiento equilibrado y sostenido de la economía, con estabilidad de precios; Que mejor, que un mecanismo que fije precios por la vía del consenso”.
Las motivaciones del recurso plantean que el problema de los altos precios de los alimentos se origina por una especulación que se produce por la competencia desleal entre los comerciantes y la falta de transparencia en los costos operacionales que ellos presentan, lo cual puede prevenirse o regularse, si la entidad llamada a defender a los consumidores pueda contar con un marco legal que la faculte a tomar medidas contra dicha mala practica empresarial.
Castillo además expresó que “con la Ley No. 358-05 el Poder Legislativo decidió aprobar una disposición legal muy protectora de los consumidores en muchos aspectos, pero la regulación más importante referente al control de precios, fue totalmente omitida, lo cual al impedir la estabilidad de precios consagrado en nuestra constitución, por lo cual el artículo 143 de la citada ley debe ser declarado INCONSTITUCIONAL.”