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Poder Ejecutivo promulga leyes que autorizan la emisión de bonos

José Peguero 8 febrero 2013
Danilo Medina

El presidente Danilo Medina promulgó la ley que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a la emisión de bonos internacionales por un monto máximo de mil millones de dólares y ley que, por esa misma vía, autoriza la contratación de Deuda Pública por un máximo de 45 mil 208 millones 347 mil 503 pesos.

Danilo Medina

La Ley de Bonos, cuya finalidad es generar parte de los recursos que se requerirán para financiar el déficit presupuestario correspondiente a este año, está marcada con el número 57-13.

Uno de los considerandos de la legislación sostiene que el financiamiento que procure el Estado debe ser gestionado bajo las condiciones de costo más favorables, de acuerdo con nivel de riesgo prudente y dentro de un contexto de sostenibilidad.

En este sentido señala, también, que los mercados internacionales se encuentran en condiciones de costo favorables, lo que permite a la República Dominicana la posibilidad de aprovechar esa coyuntura para emitir y colocar bonos internacionales.

El artículo cuatro de la Ley indica que los bonos serán libremente negociables en el mercado secundario, bursátil y extrabursátil, que aplique de acuerdo a la legislación donde se suscriba la emisión y en el mercado de negociación de Títulos Valores de Deuda Pública del Ministerio de Hacienda, administrada por la Dirección General de Crédito Público.

Por su parte, la Ley de Contratación de Deuda Pública fue promulgada con el número 58-13. La misma autoriza al Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, para la contratación de deuda pública hasta un monto de RD$45,208,347,503.00, por medio de títulos a ser colocados en el mercado interno, mediante subastas entre inversionistas nacionales o internacionales.

Esos recursos, según consta en la pieza en cuestión, serán utilizados como fuente de financiamiento del déficit contemplado en el presupuesto nacional de 2013.

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