El arquitecto Alejandro Montás dijo que en las diferentes corporaciones de acueductos de los pueblos del interior son sus consejos que establecen el monto de la tarifa a cobrar, mientras que la CAASD no puede subir ni reducir su tarifa porque lo impide la Ley 498 del año 1973.
Citó como ejemplo que mientras la Corporación del Acueducto de Santiago (CORAASAN) cobra 20 pesos el metro cúbico, la CAASD apena cobra seis pesos por el mismo volumen de agua potable servida.
Montás reveló que los gastos de la institución rondan por encima de los 153 millones de pesos y las cobranzas son de alrededor de 80 millones, lo que representa un 27 por ciento de lo que se debería cobrar.
El artículo 20 de la Ley 498 establece que «la CAASD reglamentará las condiciones de prestación de sus servicios y fijará las tarifas y cargos que deban cobrarse por servicios o facilidades rendidas por la Corporación, sujetas a la aprobación del Poder Ejecutivo».
«Producir un metro cúbico le cuesta a la CAASD 40 pesos y lo vende a seis», enfatizó Montás y aclaró que su intención no es sólo subir el precio del agua sino aumentar la eficiencia y que todos reciban el servicio, informa diariolibre.com, en su portal.
El funcionario reiteró que la calidad del agua que sirve la CAASD es «extraordinaria», ya que sale de los sistemas de acueducto con un grado de potabilidad superior a los 95 por ciento.