El exprefecto del Seminario Menor de Paraná, Justo José Ilarraza, acusado de abusar de al menos 50 seminaristas de 10 a 14 años, entre 1984 y 1992, resultó sobreseído por la Justicia de Entre Ríos por que su causa “ya prescribió”.

La Sala I de la Cámara del Crimen llegó a la conclusión que la «causa está prescripta», por el paso del tiempo y dispuso el sobreseimiento del sacerdote al revocar un dictamen del juez de Instrucción de Paraná, Alejandro Grippo.   



El magistrado a fines de abril pasado rechazó el planteo de prescripción hecho por los abogados defensores de Ilarraz y le imputó al cura el delito de «Promoción a la corrupción de menores agravada».  

Cuando el caso salió a la luz, en septiembre de 2012, el en ese entonces cardenal primado de la Argentina y arzbobispo de Buenos Aires, Jorge Bergoglio, había repudiado duramente el hecho:



«Las últimas noticias periodísticas reavivan nuestra profunda vergüenza e inmenso dolor por faltas gravísimas cometidas por uno de quienes deben servir a la vida moral del pueblo, con su ejemplo y enseñanza», señaló un comunicado difundido por el arzobispado de Paraná, al que adhirió Bergoglio.

El juez Grippo consideró en su dictamen que la conducta del sacerdote «vulneraría derechos convencionales (internacionales), toda vez que las víctimas no solamente sufrieron ataques contra su integridad sexual siendo niños, sino que éstos no tuvieron la posibilidad de acudir ante las autoridades judiciales a efectos de que se investiguen los hechos por ellos padecidos».

No obstante, los camaristas Hugo Daniel Perotti y Miguel Angel Giorgio (José María Chemez no votó porque esta con licencia por enfermedad) no coincidieron con el planteo del magistrado y concluyeron que la causa está prescripta.

En el fallo, los camaristas reprocharon, sin embargo, la conducta de la Iglesia entrerriana porque «llama la atención que estos aberrantes hechos perpetrados, supuestamente, por el sacerdote Ilarraz hayan tenido un manto de silencio de quienes tomaron conocimiento oportuno de los abusos cometidos».

Los camaristas coincidieron en cambio, en que no hubo violación de los derechos humanos, ni que los hechos imputados al cura puedan considerarse como de lesa humanidad o violatorios de los tratados internacionales, particularmente la Declaración Universal de los Derechos del Niño.

No menos de ocho exseminaristas relataron en la investigación judicial con realismo las aberraciones a las que fueron sometidas por el sacerdote mientras estaban internados en el seminario local.

Destaca MDZ que el procurador General de la provincia, Jorge Amílcar García, que fue quien impulsó la investigación, confirmó que apelará el fallo y que recurrirá en casación ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ).

En caso de que esa instancia también sea adversa, García anticipó que llegará con un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, en último término, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.