Santo Domingo. El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, advirtió sobre los riesgos que ocasionaría una llamada molestosa realizada al Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Seguridad 9-1-1, asegurando que en dichos casos el Ministerio Público procederá a gestionar las sanciones correspondientes de acuerdo a la Ley 140-13, que contempla, entre otras penalidades, prisión correccional, pago de multas y trabajo comunitario dependiendo de la magnitud del caso.

Dominguez Brito



Durante rueda de prensa, el máximo representante del MP advirtió sobre las consecuencias no sólo en el ámbito penal, que puede generar el mal uso de este sistema y la violación a la indicada ley.

“La República Dominicana ha dado un paso trascendental gracias al esfuerzo y la voluntad del presidente Danilo Medina, quien pone en ejecución la primera etapa de este Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Seguridad, para lo cual será la colaboración y concienciación de todos los actores y sectores de la vida nacional”, aseguró Domínguez Brito.



Exhortó a los padres informar a sus hijos sobre cómo utilizar el 9-1-1 en caso de emergencia y a concienciarles para que no hagan un uso incorrecto de esta herramienta.

Con relación a unas 400 primeras llamadas molestosas que han recibido a través del sistema, dijo que el Ministerio Público no abrirá proceso, sino que visitarán a las personas de cuyos números aparecen registradas, para concienciarlas sobre las consecuencias que podría generar ese tipo de acción.

Manifestó que a lo que la ciudadanía debe abocarse es al uso prudente y responsable del 9-1-1, ya que a su juicio, el intento de vulneración al mismo, no sólo conlleva sanciones penales contra los infractores.

“Tenemos que ser conscientes de que, si utilizamos de forma inadecuada este sistema, podríamos poner en riesgo la vida y la seguridad de otras personas, que quizás en un momento necesite la asistencia médica o policial y que, por esa llamada innecesaria, probablemente no recibiría respuesta pertinente. Desde la Presidencia de la República existe mucha fe en que el 9-1-1 nos permitirá, bajo una red unificada de servicios públicos, garantizar la seguridad, la asistencia y la tranquilidad de todas las comunidades en donde operará inicialmente todo este engranaje. Ahora corresponde a la ciudadanía desarrollar una cultura de uso debido y responsable, para el beneficio de todas y todos”, exhortó FDB.

Igualmente alertó sobre el cuidado de toda la infraestructura que conlleva el sistema del 9-1-1, específicamente en lo referente a las mil 300 cámaras de monitoreo que desde ya se han ido instalando en todo el perímetro del gran Santo Domingo y otros municipios, advirtiendo que la destrucción de las mismas de manera abusiva, también conlleva sanciones drásticas y que pudieran catalogarse en un momento determinado como atentado contra la seguridad nacional.

“Todos estos equipos, tanto las cámaras de monitoreo, como las motocicletas, ambulancias y camionetas que han sido puestos a la disposición de la Policía Nacional, Salud Pública, Amet y el Cuerpo de Bomberos, así como las señalizaciones codificadas especialmente para hacer posible la identificación de puntos vulnerables y que han sido colocadas en las distintas calles y avenidas, deben ser cuidadas por todas y todos”, expresó.

Al mismo tiempo, el Procurador General agregó “no podemos permitir que personas sin tacto y sin consciencia se dediquen a destruir nada de esto y si llegara a suceder, que sepan que igualmente la ley contempla sanciones en estos casos”.

La Ley 140-13, promulgada por el presidente de la República, licenciado Danilo Medina, busca dotar al país de una herramienta tecnológica que permita integrar todas las instituciones que tienen como responsabilidad la seguridad pública, para que la población de manera rápida pueda canalizar y recibir respuestas oportunas a sus situaciones de emergencias, a través de un medio único, práctico y eficiente.

Las autoridades destacaron que la indicada ley contempla sanciones con multas de uno a cinco salarios mínimos del sector público en los casos de llamadas molestosas, obscenas, morbosas e insultantes, así como contra aquellos que manipulen, sin autorización, los equipos, los programas informáticos y otros aparatos utilizados para la prestación de los servicios del sistema.

Agregaron que igualmente contempla sanciones con multas de cinco a quince salarios mínimos del sector público por la comisión de infracciones tales como realizar llamadas de manera fraudulenta e ilegal, así como en los casos que se compruebe fueron realizadas para reportar situaciones falsas de emergencias.

Se impondrán sanciones similares además por acciones tendentes a ocasionar daños a las redes y a los equipos de comunicación o a cualquier otro elemento necesario para la prestación del servicio, así como en los casos de interferir o interceptar las comunicaciones del sistema, o afectar en cualquier otra forma su funcionamiento, como consecuencia de conexiones o instalaciones no autorizadas.

Conforme expresa dicha normativa, en adición a las indicadas sanciones, también se impondrán penas complementarias de trabajo comunitario, no remunerado, por un período no mayor de ocho horas y la obligación de recibir orientaciones educativas sobre el Sistema Nacional de Atención.

La Ley 140-13 prevé que cuando los organismos de socorro se presenten al lugar de la falsa emergencia, se considerará como una infracción grave, la cual será sancionada con multas de treinta salarios mínimos del sector público y prisión correccional.