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Ensegundos.do

Llamadas molestosas al 9-1-1 pueden ser sancionadas con prisión

by José Peguero
21 mayo 2014
Reading Time: 3 mins read
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Santo Domingo. El Ministerio Público advirtió hoy de los riesgos que puede ocasionar una «llamada molestosa» al Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Seguridad 9-1-1, por lo que éstas serán sancionadas atendiendo a la ley, que contempla entre otras penalidades, prisión correccional, multas y trabajos comunitarios.

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El procurador general, Francisco Domínguez Brito, señaló que cuando se haga un mal uso de la herramienta, el Ministerio Público procederá a gestionar las sanciones correspondientes de acuerdo a la ley, que dependerán de la magnitud del caso.

El 9-1-1 ha recibido «unas 400 primeras llamadas molestosas», aunque el Ministerio Público no abrirá proceso, sino que visitará a «unas cuatrocientas personas», cuyos números aparecen registrados, para concienciarlas sobre las consecuencias que podría generar ese tipo de acción, apuntó la Procuraduría.

Domínguez Brito advirtió sobre las consecuencias que puede generar el mal uso de este sistema, no sólo en el ámbito penal.

Asimismo, exhortó a los padres a informar a sus hijos sobre cómo utilizar el 9-1-1 en caso de emergencia y a concienciarles para que no hagan un uso incorrecto de la herramienta.

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«Tenemos que ser conscientes de que, si utilizamos de forma inadecuada este sistema, podríamos poner en riesgo la vida y la seguridad de otras personas», agregó.

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El 9-1-1 permitirá, bajo una red unificada de servicios públicos, garantizar la seguridad y la asistencia de todas las comunidades en donde operará inicialmente.

El procurador general alertó sobre el cuidado de toda la infraestructura que conlleva el sistema del 9-1-1, y también de las 1.300 cámaras de monitoreo que se han ido instalando en el gran Santo Domingo y otros municipios.

En este sentido, advirtió que la destrucción de las mismas de manera abusiva, también conlleva sanciones drásticas, y pudieran catalogarse en un momento determinado como atentado contra la seguridad nacional.

La Ley 140-13 contempla sanciones con multas de uno a cinco salarios mínimos del sector público en los casos de llamadas molestosas, obscenas, morbosas e insultantes.

Lo mismo para aquellos que manipulen, sin autorización, los equipos, los programas informáticos y otros aparatos utilizados para la prestación de los servicios del sistema 9-1-1.

También contempla sanciones con multas de cinco a quince salarios mínimos del sector público por realizar llamadas de manera fraudulenta e ilegal, así como en los casos que se compruebe que fueron realizadas para reportar situaciones falsas de emergencias.

Se impondrán sanciones similares por acciones tendentes a ocasionar daños a las redes y a los equipos necesarios para la prestación del servicio, así como en los casos en que se interfiera o intercepte las comunicaciones del sistema, o si se afecta en cualquier otra forma su funcionamiento, como consecuencia de conexiones o instalaciones no autorizadas.

Se impondrán penas complementarias de trabajo comunitario, no remunerado, por un período no mayor de ocho horas y la obligación de recibir orientaciones educativas sobre el Sistema Nacional de Atención.

Cuando los organismos de socorro se presenten al lugar de una falsa emergencia, será considerado como una infracción grave, y se sancionará con multas de treinta salarios mínimos del sector público y prisión correccional. EFE

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