Santo Domingo. La Cámara de Diputados acogió ayer las observaciones hechas por el presidente Danilo Medina al proyecto de ley del Código Penal y para tales fines se sometió una relación de texto alterno a los artículos que había observado el mandatario.

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Con lo aprobado el aborto quedó penalizado tanto para la mujer como al que se lo practique, como los médicos, u otras personas que les ayuden a través de brebajes, medicamentos o tratamientos.

La aprobación se logró luego de una maratónica jornada de casi cuatro horas y 32 intervenciones de diputados que tenían distintas posiciones. La votación fue 93 a favor; 69 en contra y 12 se abstuvieron.



De inmediato, se produjo una ola de protestas de los legisladores de los partidos Revolucionario Dominicano y Reformista Social Cristiano, quienes alegaron que dañaron intencionalmente el sistema para no permitirles votar.

Igual crítica hizo el disputado de la APD, Guadalupe Valdez, quien se quejó porque una propuesta suya para sustituir los artículos observados “ni siquiera fue presentada al pleno y en cambio se aprobó a la carrera la del presidente Abel Martínez”.

Los diputados dejaron para discutir en una ley especial en la próxima legislatura la penalización o no del aborto, cuando se trate de violación, incesto, o malformación congénita que ponga en peligro la vida de la madre.

Se aprobó, como artículo 10, que “la interrupción del embarazo practicado por personal médico especializado en establecimientos de salud, públicos o privados, no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible”.

“Salvo lo previsto en el artículo 110, quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o por cualquier otro medio cause la interrupción del embarazo de una mujer o coopera con dicho propósito, aun cuando esta lo consienta, será sancionado con dos o tres años de prisión menor”, dice la nueva propuesta, que fue presentada por Martínez.

La misma pena se impondrá a la mujer que se provoque un aborto o que consienta en hacer uso de las sustancias que con ese propósito se le indiquen o administren, o que consienta en someterse a los medios abortivos antes indicados, siempre que el aborto se haya efectuado.

Fuente Listindiario.com