El doctor Julio Cury sugirió que la comisión designada por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), aproveche la ocasión para incluir en la reforma constitucional que se ha propuesto, los artículos 155, 178 y 248, así como abrogar también las disposiciones transitorias octava, novena y decimonovena de la Carta Magna.

Julio Cury



Planteó separar del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) al Procurador General de la República, al presidente de la Suprema Corte de Justicia y al otro juez de ese tribunal, por entender que su inclusión no ofrece otra garantía que la politización de ese órgano.

“La ecuación es elemental: políticos escogen jueces que asumen compromisos con ellos, y cuando estos pasan a integrar el CNM, se unen a seis dirigentes políticos para seguir eligiendo jueces políticamente comprometidos”, manifestó, al tiempo de considerar que la actual judicatura está profundamente politizada.



Reiteró su propuesta de que los miembros de la Cámara de Cuentas sean escogidos por el Senado pero de ternas presentadas por el partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso, como, según dijo, sucede en Argentina.

Asimismo, el reconocido jurista propuso suprimir algunas disposiciones transitorias que fueron incluidas en la Constitución del 2010 para “maniatar” al presidente que resultase electo en los comicios de mayo del 2012.

Se refirió a la octava, la cual impide convocar en diciembre próximo al CNM para elegir los sustitutos de los actuales jueces del Tribunal Superior Electoral, y a la novena, que extiende excepcionalmente el período de la actual Cámara de Cuentas hasta el 16 de agosto del 2016.

Respaldo también la iniciativa de excluir al presidente de la Suprema Corte de Justicia del Consejo del Poder Judicial, “toda vez que representa un desequilibrio en la colegialidad de ese órgano”, fenómeno que Cury atribuyó al temor de enfrentar a Mariano Germán, quien ejerce sus funciones por 7 años y con posibilidad de optar por otros 7 años, mientras que los demás permanecen por un único período de 5 años.