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Ensegundos.do

El gancho para la población dominicana en la nueva ley de armas

Por Ensegundos.do
15 junio 2016
Tiempo de lectura:4 minutos de lectura
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Santo Domingo, República Dominicana. Consultado por periodistas de este diario, el jurista Cesar Amadeo Peralta, consideró que si el pueblo no despierta, serán sorprendidos con una nueva ley de armas, cuyo objeto principal será el desarme de la población civil, que incluye comerciantes, empresarios, profesionales y todo aquel que por necesidad justifique el porte de un arma de fuego, así como los empleados y los familiares de miles de personas que viven de ese sector, debido a los excesivos requisitos y la gran facilidad con que se podrá cancelar una licencia de uso de arma de fuego, o no ser elegible para optar por una.

Amadeo Peralta

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Establece el presidente del Observatorio del Sistema de Justicia Dominicano, Lic. Cesar Amadeo Peralta, que dicho proyecto de ley  que será conocido por el Senado y que la República Dominicana no está preparada para poner en vigencia una ley de desarme paulatino de la población civil que posee su licencia o necesita poseer un arma ante el auge que ha tomado la delincuencia en todo el país.

Aclara el abogado Amadeo Peralta, que lo que debe regularse y castigarse, es a los delincuentes que si andan bien armados y no a la clase civil que la porta legalmente.

La mayoría de dueños de armerías son militares y tienen temor de hablar, ya que la prohibición por 11 años a la importación de armas y municiones había abierto un mercado negro que encarecía los precios reales y la nueva ley, abre la brecha de las importaciones pero con tantas regulaciones para los permisos que la renovación conlleva la existencia hasta de una certificación de la DGII que de fe de que el solicitante está al día en el pago de sus impuestos y que los legisladores lo que deben incentivar es el registro de las armas ilegales o la renovación de las vencidas, para que los ciudadanos, los comerciantes, empresarios y profesionales, puedan sentirse seguros en sus negocios o propiedades ante el auge de la delincuencia.

Señala el jurista que la prohibición del cargo de armas con “formulario 25” seria una excelente medida así como sanciones a quienes lo hagan pero que el proyecto de ley de armas que contiene 98 artículos, solo dos o tres establecen claramente el aumento de penas para los delincuentes o atracadores que utilicen armas de fuego ilegales pero que la mayoría de los artículos están hechos para regular el uso, porte y tenencia de armas y municiones y todas en detrimento de quienes la poseen legal, al establecerles requisitos que carecen de sentido lógico como es el hecho de estar al día en el pago de sus impuestos entre otras.

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El abogado Cesar Amadeo Peralta llama, a todo el que posea armas o de una u otra manera se encuentre vinculado al sector, a que lea y estudie dicho proyecto el cual a su entender afectara de manera significativa en cuanto a la seguridad personal de miles de dominicanos ante el auge e incremento de la delincuencia, ya que no resulta lógico que mientras mas aumenta la delincuencia se intente desarmar a la población que tiene o necesita estar protegido, sus bienes y su familia con un arma de fuego con licencia legal y establece que con el solo hecho de que a cualquier ciudadano le sea depositada una querella, aun esta no se conozca, ya será inelegible para optar por un permiso para porte de armas y del mismo modo será cancelado el permiso existente.

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Del mismo modo llaman a los sectores envueltos a reclamar sus derechos ya que las armerías y asociaciones a fines no fueron escuchadas debidamente y ese proyecto de ley les afecta de manera muy significativa y llama la atención a los dueños de bancos, sea cual sea su naturaleza a poner atención a los artículos 72 y 73 de ese proyecto el cual configura delitos nuevos como son “el delito de legitimación de capitales provenientes del trafico ilícito de armas de fuego, municiones y sus accesorios o materiales relacionados” ya que castigara a quien convierta, transfiera o transporte bienes o ganancias provenientes directa o indirectamente de actividades relacionadas con estos actos ilícitos, que tengan como propósito, ocultar, encubrir o disimular su origen y les establece penas de 8 a 12 años de prisión y multas de 50 salarios, el decomiso del capital, de los bienes, las acciones, los títulos valores, derechos o utilidades producidas por el hecho ilícito así como un nuevo delito llamado “delito de imprudencia y facilitación para la legitimación de capitales provenientes de actos contrarios a la ley de armas donde cualquier persona publica o privada que facilite la legitimación de capitales o activos provenientes del trafico ilícito de armas, municiones o accesorios y otros materiales, será sancionado con penas de 10 a 20 años con la inhabilitación para ejercer su profesión, el oficio, la industria, el comercio o la actividad relacionada por un periodo de 5 años y una multa de hasta 20 salarios.

Conoce la nueva ley de armas en República Dominicana

 

Por lo que establece el jurista que si los bancos comerciales, los profesionales y otras entidades no toman carta al respecto, podría pasar lo mismo que paso con la ley 140 que instituye el colegio de notarios lo cual le ha generado graves consecuencias en el desenvolvimiento de las actividades bancarias ya que esto seria un delito similar al de lavado de activos provenientes de infracciones graves de los cuales los bancos podrían correr cierto peligro.

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