Por Franklyn Hernández (Defensafiscalrd.com)
En nuestras conversaciones con contadores dedicados a los impuestos y clientes nos hemos dado cuenta de una realidad que suele ser recurrente: el contador prepara las declaraciones y formatos a los fines de entrega, y antes de remitir las declaraciones a la Administración Tributaria, envía una constancia a su cliente sobre el monto de los impuestos que deberán pagarse. Cuando el cliente observa los montos a pagar, surge una serie de cuestionamientos al contador y el cliente pide que se haga “todo lo posible” para pagar menos impuestos, como si la decisión de pagar más o pagar menos sea tomada por el profesional de la contabilidad.
En este contexto el contador puede verse tentado a manipular alguna cuenta para reducir los montos a pagar, sobretodo cuentas que en principio no estén cruzadas con informaciones de terceros. La otra opción es la de mantenerse firme, explicarle al cliente que no hay otra opción que pagar y asumir el riesgo de perder al cliente. En eso consiste el dilema que constantemente viven los contadores dedicados a impuestos en nuestro país, y nuestra opinión sobre este tema es la siguiente:
El contador debe saber que si manipula una cuenta o realiza un acto no avalado por la ley 11-92, existe el riesgo de que haya una fiscalización a la compañía o persona a la que asesoró y en la que hizo la labor de contador (más bien CPA). Aunque esto parezca obvio a muchos se les olvida. Cuando hay una fiscalización o un estimación, se produce mucho estrés para el contador porque el cliente afectado suele reclamarle toda la responsabilidad de lo ocurrido (llamadas insistentes y estresantes suelen suceder) y los problemas con DGII pueden significar el pago de grandes sumas de dinero en sanciones e impuestos reliquidados.
Considerando esta situación, pensamos que deben evitarse estas situaciones, al menos, bajo las siguientes dos decisiones: a) desde un primer momento el contador rechaza manipular la contabilidad para que el cliente pague menos. b) el contador manipula la contabilidad, informándole previamente y por escrito al cliente que existe un riesgo tangible de que en un futuro haya problemas con la administración. De esta forma si hay alguna fiscalización el contador tendrá alguna defensa en su favor.
Dentro de estas dos opciones, nosotros siempre recomendamos la primera, es decir rechazar siempre la manipulación ilegítima de la contabilidad fiscal. ¿Por qué? El bien más preciado que tiene cualquier ser humano y profesional es su tranquilidad (1). Usted, como CPA o cualquier otro profesional, puede tener decenas o centenas de clientes, muchos ingresos y reputación en el mercado. Sin embargo, un problema con DGII puede llevar todo eso a desaparecer muy rápido y a quitarle el sueño de varias semanas. Debemos pensar entonces lo más sensatamente posible, y saber que nada merece sacrificar la tranquilidad de saber que hemos hecho las cosas correctamente, y si nos hemos beneficiado de alguna cosa es porque la ley lo permite. Es penoso ver casos de asesores que han sido incluso apresados y encarcelados en Najayo, y esto se debe en parte a que han subestimado la capacidad del Estado de percatarse de un fraude tributario.
(1) Francesc Domínguez, es uno de los consultores españoles pioneros en desarrollar el concepto de la tranquilidad en las relaciones profesional-cliente.