Por Franklyn Hernández (Defensafiscalrd.com)

Cuando una empresa empieza a obtener muchos ingresos y pocos gastos, los asesores fiscales empiezan a preocuparse. Una situación frecuente es que una empresa o persona puede tener algunos meses del año con picos de producción y ventas (ventas extraordinarias por alguna circunstancia especial), traduciéndose esto en que se debe reportar más Itbis y en el cierre fiscal resultar mayor el Impuesto sobre la Renta liquidado. En adición hay que considerar que la cuantía de los anticipos de ISR del año próximo aumenta igualmente debido a estos picos.



DGII

En esta situación las personas se presionan bastante ante el panorama. Son muchos quienes se encariñan con el dinero cobrado como Itbis y buscan por todos los medios de siempre tener este impuesto a favor, como si esto se tratara de un activo propio y no un impuesto que las empresas simplemente perciben y deben resguardar para su posterior transferencia a la DGII. Por otro lado las personas se preocupan cuando saben que el año fiscal entrante van a empezar pagando unos anticipos del ISR más elevados.



Los actores del medio –consultores tributarios, contadores, abogados, empresas- son conscientes de la realidad y naturalmente se ven tentados a hacer trampa. Un método muy conocido es la compra de facturas.

¿En qué consiste comprar facturas?

Básicamente una compañía compra facturas cuando no ocurre ningún hecho comercial ni de mercado que avale una transacción económica que implique un gasto, lo único que se produce es un papel llamado “factura” que la compañía compra por un porcentaje mínimo del precio declarado y el cual va a servir de soporte para computarse como gasto del contribuyente y aprovechar las deducciones correspondientes. Con esta factura ficticia entonces se obtiene un efecto doble: 1) Se adelanta Itbis fraudulentamente. 2) se reduce el Impuesto sobre la Renta del año fiscal en cuestión, y se mantienen estables los anticipos del año fiscal que se aproxima.

El problema de este esquema es que sólo es cuestión de tiempo que las autoridades tributarias se percaten del fraude y sometan a la justicia a los responsables, y la razón principal es que la empresa que vende facturas tarde o temprano va a dejar de operar y de declarar impuestos ya que – como explicamos- vende facturas a un costo mucho menor del declarado (ejemplo: una factura de 50 mil pesos se vende en 5 mil pesos). Sencillamente la sociedad que vende facturas va a desaparecer porque no tendrá dinero para reportar y en dicho momento la DGII entonces ya tiene la alerta.

También levanta sospecha cuando una empresa tiene de forma exagerada y constante Itbis a favor, porque ello no es económicamente posible a menos que una empresa invierta prácticamente todo lo que gana en inventario o capital.

Usualmente cuando una empresa deja de operar las autoridades tributarias se ponen en alerta y pueden fiscalizar la situación. Suele suceder que DGII bloquea los comprobantes que emite la empresa emisora de los comprobantes falsos y luego procede a estimar de oficio contra las personas y empresas que se han beneficiado del esquema de fraude usando las facturas como gasto. A los responsables de las compañías que venden facturas les va peor porque son sometidos a la acción penal y pueden ser condenados.

Para concluir, si usted quiere reducir los impuestos a pagar, le recomendamos no comprar facturas. Asesorarse lo mejor posible en cómo aprovechar las ventajas fiscales apegadas a la ley es lo más conveniente.