Santo Domingo, República Dominicana. El Gobierno estableció medidas para controlar la venta masiva de los terrenos del Consejo Estatal del Azúcar.

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El decreto 268-16 prohíbe a partir de la fecha todas las operaciones inmobiliarias de asignación.

Del mismo modo, la venta, cesión en usufructo y permuta.



También quedan prohibidas la donación o cualquier otra operación inmobiliaria de terrenos propiedad del CEA.

Para realizar cualquiera de estas acciones, se deberá contar con autorización expresa previa del Poder Ejecutivo.

De acuerdo a la Dirección General de Comunicación de la Presidencia, l disposición permitirá destinar los terrenos a proyectos estatales que beneficien a la población dominicana.

El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, resaltó la importancia de las medidas.

“Una de las prioridades de este gobierno es hacer cada vez más eficiente el uso de los recursos del Estado”.

Dijo, además, que “los terrenos del CEA que no tengan vocación azucarera serán aprovechados de la mejor manera”.

Explicó que serán utilizados para proyectos de interés social

El decreto, dictado hoy, tiene por objeto inventariar los terrenos propiedad de los ingenios azucareros del Estado.

Igualmente, auditar las operaciones inmobiliarias del CEA y hacer eficientes los actos de levantamientos parcelarios.

Otro objetivo es decidir el mejor aprovechamiento de estos terrenos por parte de otras instituciones del Estado.

Además, el presidente Danilo Medina, creó una Comisión Evaluadora de los terrenos a nombre de los ingenios del CEA.

Dicha comisión estará conformada por el ministro sin cartera, Bautista Rojas Gómez quien la presidirá.

Del mismo modo, por los directores del CEA y del Catastro Nacional, así como el Contralor General de la República.

El director de la Comisión Permanente de Titulación de Terrenos del Estado también forma parte de la comisión.

Dicha comisión deberá rendir un informe en un plazo de un año. Además, realizará el inventario con información sobre el uso de los terrenos.

En el inventario estará determinado si los terrenos están destinados a la explotación azucarera, agrícola. Asimismo, agroindustrial o ganadera.

También debe contener información sobre las operaciones inmobiliarias realizadas con los terrenos.

Explicar, además, si los terrenos han sido asignados, cedidos en usufructo, permutados, donados o vendidos.

Igualmente si han sido ocupados por personas físicas o jurídicas.

Debe tener datos relativos a la modalidad o condición en que se han realizado cada una de estas operaciones.

El decreto instruye a la Contraloría General de la República a auditar el inventario de los terrenos.

Esa entidad también deberá auditar las asignaciones, cesiones en usufructo, arrendamiento, permutas y donaciones.

Proceder, de igual manera, con las ventas, temporales o definitivas de los terrenos del CEA en el período 2000-2016.

Ordenamiento y Desarrollo Territorial determinará uso del suelo
Mientras la Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial determinará la clasificación del uso del suelo.

En tanto, la CPTTE deberá presentar al Poder Ejecutivo, un inventario actualizado de los terrenos propiedad del CEA.

Debe hacerlo en un plazo de un año. El documento mostrará los terrenos que carezcan de vocación vinculada a la producción de caña de azúcar.

Posteriormente, dichos terrenos serán destinados y transferidos a otras instituciones del Estado.

El propósito es que se pueda hacer un mejor aprovechamiento de los mismos.

El decreto ordena que la CPTTE hará los levantamientos de los terrenos del CEA que no se usen para producir azúcar.