El magistrado José Alejandro Vargas impuso anoche coerción de tres meses de prisión preventiva al propietario del night club Doll House, Rafael Elías Alcántara Casado, así como garantía económica de un millón de pesos a Laura Esther Damisela Bautista Rojas y 500 mil pesos a Santo Benjamín Rodríguez Santos
.El juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional también impuso a Bautista Rojas, co-propietaria del lugar, impedimento de salida del país y presentación periódica, mientras que Rodríguez Santos, encargado de controlar las mujeres, tampoco podrá salir del país y llevará grilletes de control.
La presunta red de trata que operaba en el país bajo la fachada del night club Doll House, captaba mujeres de al menos nueve países, a las cuales explotaba con fines sexuales, para lo que aprovechaba sus condiciones de vulnerabilidad, y en ocasiones, bajo engaño y coacción.
Así lo establece la solicitud de medida de coerción que presentó el Ministerio Público en contra de los implicados Rafael Elías Alcántara Casado (propietario de Doll House), Laura Esther Damisela Bautista Rojas (copropietaria de Doll House) y Santo Benjamín Rodríguez Santos (responsable del control de las mujeres).
Se detalla en el documento que las damas eran reclutadas o captadas desde países como Colombia, Venezuela, Ucrania, Perú, Estados Unidos, España, Brasil, Rusia y República de Belarús, para ser explotadas sexualmente en Doll House.
Se quedaban sin beneficios
Según la Procuraduría, las mujeres eran explotadas y utilizadas para realizar servicios como bailes privados, erótico, champagne, algunos de los cuales implicaban exhibición de sus órganos sexuales y otros la realización de actos sexuales con penetración, a cambio de que el negocio pueda cobrar estos servicios directamente a los clientes.
Se presume también lavaban activos
Durante la investigación se pudo comprobar que los accionistas de la sociedad comercial Doll House Gentleman, son Rafael Alcántara Casado y Laura Esther Bautista Rojas, quienes tenían pleno conocimiento de que los fondos o el dinero con los cuales obtuvieron bienes inmuebles procedían de las actividades ilícitas de trata de personas a las que se dedicaban.