El delegado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante la Dirección de Elecciones de la Junta Central Electoral (JCE) consideró conveniente que la nueva Ley Electoral faculte a un juez de paz decidir en primera instancia las quejas y contestaciones contra las decisiones de las juntas electorales municipales.
José Manuel Hernández Peguero, pasado Juez del Tribunal Superior Electoral, consideró que para lograr la separación efectiva de las funciones administrativas y contenciosas en las juntas electorales se requiere que ambas competencias sean desempeñadas por distintos funcionarios, para además procurar que las decisiones sean acorde con el debido proceso y bien ponderadas en derecho.
“El interés público y la búsqueda de la eficiencia del servicio son razones suficientes para que los legisladores en la nueva Ley Electoral creen la jurisdicción especializada de lo contencioso electoral en primera instancia, según lo faculta el artículo 168 de la Constitución, asignando dicha función de manera honorífica al juez de paz de la localidad, con experiencia de los procesos civiles, similar al electoral, por ser sus disposiciones comunes para las dos materias” expuso.
“La categoría de jurisdicción especializada de la Sala Contenciosa de las Juntas Electorales Municipales permitiría al referido juez desempeñar estas funciones, sin violar la prohibición de la compatibilidad de funciones de los integrantes del Poder Judicial” dijo Hernández Peguero.
Dijo que además del costo, no resulta conveniente que durante este proceso preelectoral sean designados con un personal distinto y nuevo las Salas Contenciosas de las 158 Juntas Electorales municipales que se crearían, quienes además tendrían que ser capacitados para laborar un solo año, desde el inicio de la precampaña, 7 de julio de 2009, hasta la celebración de las elecciones presidencial y legislativas, dada la nueva competencia otorgada a la Junta Central Electoral de organizar y dirigir las elecciones internas de los partidos políticos.
“La objeción de la incompatibilidad de los jueces con otras funciones queda resuelto a partir del legislador otorgarle rango de jurisdicción especializada a las funciones contenciosas que desempeñan las Juntas Electorales municipales, integrada por el juez de paz que la ejercería a título honorífico” dijo el ex juez del Tribunal Superior Electoral, José Manuel Hernández Peguero al ser entrevistado en el programa televisivo Puntos de Vistas, conducido por la periodista Dania Goris en Color Visión.