Santo Domingo.- Ministerio de Educación no se acogerá a la resolución que aprobaron los diputados que le exige cumplir la Ley No.44-00, que establece la obligación de la lectura e instrucción de la Biblia en las escuelas públicas y privadas del país, porque la Constitución establece la libertad de culto y, por tanto, no deben imponer una orientación religiosa.
La afirmación es del director de Currículo del Ministerio, Remigio García, quien dijo que no pueden imponer a un estudiante que no profese una de las orientaciones cristianas a leer un capítulo bíblico.
“Esa es una postura de respeto a la libertad de culto de los estudiantes dominicanos. El Ministerio se rige por lo que establece la Ley 66-97 de Educación, y tanto la Ley 44-00 como la resolución recién aprobada por los diputados son violatorias de la Constitución, que en su artículo 45 establece que la educación dominicana es inclusiva, sobre todo, porque respeta la libertad de culto”, comentó García a Diario Libre.
El artículo 45 de la Constitución establece: “el Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres”.
Indica García que los estudiantes merecen ese respeto a la libertad de culto y a sus orientaciones religiosas y que en la medida de esas posibilidades pueden, según el contexto del aula y de la sociedad dominicana, facilitar que los estudiantes tengan acceso.
“Como esa resolución se apoya en la Ley 44-00, que se basa en un principio de fundamento del Escudo dominicano no de la Constitución, nosotros seguimos acogiéndonos al criterio de la libertad de culto y somos respetuosos de eso y no podemos obligar a los estudiantes a leer un capítulo de la Biblia”, argumentó el funcionario del Ministerio.
Ahora si los profesores y estudiantes, de mutuo acuerdo, leen la Biblia u otra cosa que no contravenga con los valores éticos y humanos de la educación dominicana, el Ministerio de Educación también lo respeta.
Ley de Educación
Para afianzar su rechazo a la resolución que busca imponer la lectura de la Biblia en los centros educativos públicos y privados, el director de Currículo se apoya también en la Ley 66-97 de Educación que rige la enseñanza moral y religiosa en las escuelas públicas y colegios privados.
Dijo que en el capítulo VI que comprende los artículos del 22 al 26, se establecen que no es obligatorio, al menos que sea exigido por los padres de los niños menores de 16 años, que éstos reciban enseñanzas religiosas.
La Ley 44-00 dispone modificar el artículo 25 de la Ley de Educación, la cual plantea: “Los alumnos de planteles públicos recibirán enseñanza religiosa como se consigna en el currículo y en los Convenios Internacionales. A tales fines y de acuerdo con las autoridades religiosas competentes se elaborarán los programas que se aplicarán a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos”.
Explicó que, aunque el currículo tiene una asignatura que se llama Formación Integral, Humana y Religiosa, ésta no obliga a ningún estudiante que no tenga ninguna orientación cristiana a leer la Biblia.