El jurista Julio Cury aseguró este martes que la Procuraduría General de la República (PGR) no está facultada para imponer multas o sanciones por las violaciones al toque de queda o a las disposiciones sanitarias.

Durante un contacto con El Gobierno de la Mañana, el experto en derecho recordó que la atribución del órgano persecutor es la de investigar ilícitos penales y presentar acusaciones. “La facultad de imponer sanciones está reservada a los tribunales en el caso de la justicia penal”.



“Estamos aquí ante dos preguntas que son fundamentales: ¿Puede la Procuraduría General de la República establecer o imponer sanciones, específicamente multas?, y segundo, ¿La violación al toque de queda está en alguna norma prevista como una sanción administrativa?, ambas preguntas, en mi opinión, se responden con la negativa, porque para justificar su decisión la Procuraduría ha tenido que valerse de la Ley 42-01, General de Salud, que lo que establece es la posibilidad de poder imponer multas bajo la propagación de enfermedades infecciosas. Pero no a todo el que se le impone por la violación al toque de queda la pretendida sanción del Ministerio Público, está contagiado de covid, y por tanto no hay forma de cómo probar que su propósito es propagar la enfermedad”, explicó.

Sin embargo, el profesional del derecho reconoció que los órganos de administración pública pueden imponer sanciones siempre y cuando esté habilitado para tales fines, y cumpliendo el debido proceso a los ciudadanos, respetando su presunción de inocencia.



La Procuraduría General de la República lo que ha hecho es exceder su marco de competencia, afirma Julio Cury, pues ningún aval jurídico, incluida la Ley 133-11 Orgánica del Ministerio Público, le otorga poderes a la PGR para establecer sanciones.

El abogado calificó de “arbitrario” que la Policía Nacional detenga a ciudadanos y que luego estos tengan que pagar una multas para recobrar su libertad.

Expresó preocupación al no ver a los profesionales del derecho salir al frente de las acciones del Ministerio Público.

“Aquí ha habido dos excesos palmarios por parte de ese órgano persecutor, que es el de establecer la sanción. La ley tampoco la habilita para eso, y lo que es todavía peor porque constituye una desviación de su poder, la de imponer la sanción”, añadió.

La reacción de Julio Cury se produjo luego de que la Procuraduría General de la República diera a conocer una resolución en donde establece los topes de multas para las violaciones a las distintas medidas que han adoptado las autoridades para evitar la propagación del coronavirus en el país.