Una sentencia condenatoria de 15 años de prisión fue impuesta por un tribunal de San Pedro de Macorís a una mujer a la que el Ministerio Público acusó de homicidio voluntario en perjuicio de un hombre con el que mantenía una relación de noviazgo.
Al acoger las pruebas presentadas por el Ministerio Público, el Tribunal Colegiado de San Pedro de Macorís declaró culpable del crimen de homicidio voluntario a Yajaira Mejía Paulino, en perjuicio de Luis Miguel Soto Cresencio, a quien le infirió una herida de arma blanca en el tórax durante una discusión, mientras se encontraban en la zona del malecón de esta ciudad.
Los jueces Jossephang Raymond Bernhardt Nivar, Esmirna Antonia Ortega Ventura y Magdelquis Yolanda Franco Peña emitieron la sentencia, basando su decisión en las pruebas aportadas por el órgano acusador, mediante las cuales se estableció la violación de los artículos 295 y 304 párrafo II, del Código Penal Dominicano, así como los artículos 50 y 56 de la antigua Ley 36 sobre Porte y Tenencia de Armas.
Pedro Adael García de Peña, fiscal del Departamento de Litigación Final, aportó al tribunal pruebas testimoniales y documentales que permitieron probar más allá de toda duda razonable que la procesada cometió la acción delictiva el 23 de septiembre de 2012, alrededor de las 7:00 de la noche.