El Senado aprobó en primera lectura el proyecto de ley que busca incluir el teletrabajo como una modalidad laboral en la República Dominicana.

Este proyecto modificaría la Ley 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo.



La iniciativa, que fue presentada por los senadores Yván Lorenzo y Santiago José Zorrilla, tiene por objeto regular todo lo relativo al trabajo a distancia o teletrabajo en el país y sería aplicable en todo el territorio nacional.

El contrato de trabajo a distancia regularía el desempeño de labores sin la presencia física del trabajador en la empresa, con la cual mantiene conexión por medios informáticos y de telecomunicaciones y análogos, que a su vez permitan al empleador ejercer el control y la supervisión de las mismas.



Si el trabajo a distancia no forma parte de la descripción inicial del puesto, la decisión de pasar a trabajar sería reversible, por acuerdo entre las partes. Esta reversibilidad implicaría una vuelta al trabajo en locales de la empresa a solicitud del trabajador o del empleador. Las modalidades de esta reversibilidad se establecerán por acuerdo entre las partes.

Detalla Karina Jiménez en el periódico Diario Libre, que en el artículo 7 del proyecto, se establece que será responsable de tomar las medidas necesarias para garantizar que la transmisión de los datos y reportes utilizados y producidos por el trabajador a distancia cuente con niveles adecuados de seguridad.

El empleador debe respetar la vida privada del trabajador a distancia. En caso de que el trabajo a distancia sea realizado en el domicilio del trabajador, las visitas al local de trabajo deberán limitarse al control de la actividad laboral y de los respectivos equipos.

Entre otros puntos a resaltar, los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que las personas que realizan labores en los locales de la empresa, con métodos y medidas tradicionales.