La anhelada reunificación familiar y ansia de lograr el denominado “sueño americano” se ha convertido para muchos en una pesadilla que termina con la disolución de los hogares y matrimonios, como consecuencia de las pruebas de paternidad (ADN) que, en ocasiones, exige el Consulado de Estados Unidos para otorgar una residencia.
El objetivo principal de las autoridades estadounidenses para el otorgamiento de la visa de residencia es la reunificación familiar, pero sin embargo con frecuencia surte el efecto contrario cuando el resultado de la prueba de ADN da negativo.
Se conoce, incluso, el precedente de casos de familias que por decenas de años se han mantenido unidas y que al final han resultado disueltas, ante la sorpresa de un resultado negativo de una prueba de ADN que mandó a hacer el consulado estadounidense.
Los afectados con resultados negativos de las pruebas de ADN que manda a hacer el Consulado no solo pierden a sus familias, matrimonios y hogares, sino que también son sospechosos de fraude migratorio, catalogado como un delito federal.
Y es que casi siempre cuando surge un resultado negativo, el matrimonio concluye en el divorcio.
Indica Silvio Cabrera en el periódico El Nacional, que cando el resultado de una prueba genética es negativo, la petición es devuelta al Departamento de Seguridad Interna acompañada por una recomendación hecha por la Sección Consular para que la petición sea revocada.
El caso será cerrado y la embajada no aceptará más documentación o evidencia referente al mismo. La Sección Consular notificará al beneficiario sobre la revocación.
Las pruebas genéticas son consideradas por el Consulado como un instrumento muy útil para la verificación de una relación biológica declarada cuando no existe ninguna otra forma de evidencia fiable en conjunto con una solicitud para una visa de inmigrante o una solicitud de un reporte consular de nacimiento en el extranjero.
Una prueba de ADN es el único método de prueba biológica actualmente aceptado por el Departamento de Estado para establecer una relación biológica.
Sin embargo, debido al alto costo, complejidad y demoras logísticas propias de las pruebas de parentesco, éstas por lo general solo son usadas por el Consulado si no existe ninguna otra creíble, como son documentos y fotos.
Cuando la prueba genética parece justificada, un oficial consular puede sugerir que los solicitantes se sometan a una prueba de ADN para establecer la validez de la relación. Sin embargo, la prueba es voluntaria.
Antecedentes
Existen antecedentes de casos de familias que han resultado disueltas como consecuencia de un resultado negativo de prueba de ADN enviada a hacer por el Consulado de Estados Unidos.
Uno de los casos más sonado fue el del señor Miguel Familia, un dominicano que en 2012 demandó al Consulado por 80 millones de dólares, luego de que alegara que perdió a su familia como consecuencia de un resultado erróneo negativo de una prueba de ADN que le mandaron a hacer.
Según Familia, se trató de un error que luego se confirmó que no era así, pero que por esa causa perdió a su familia.
Alegó que esa situación causó la ruptura de su matrimonio con Yessica Guerrero, en 2005, cuando en diciembre de ese año la Clínica Testing&Research estableció que la menor, hoy mayor, no era hija del matrimonio y explicó que como consecuencia de eso, a su hija le fue negada la residencia, con el agravante de que perdió a su padre y de que sus padres se separaron. Dijo que siete años después se hizo una nueva prueba de ADN y salió positivo.