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Empleada Promese/Cal vendía y contrabandeaba medicamentos falsos

El Juzgado de Atención Permanente del distrito judicial de Espaillat impuso cuatro medidas de coerción en contra de una mujer empleada del Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico, (Promese/Cal) por la comercialización y contrabando de medicamentos falsificados, a través de una farmacia que operaba de manera clandestina.

El tribunal le impuso a Rosa Emilia Encarnación Rodríguez una garantía económica de un millón de pesos, impedimento de salida del país, la obligación de someterse a vigilancia y presentación periódica ante el Ministerio Público, y además declaró la complejidad del caso.

Encarnación Rodríguez realizaba ventas de muestras médicas y productos farmacéuticos sin registro sanitario, ni autorización de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS).

De acuerdo a El Nacional, la imputada aprovechó su condición de empleada de Promese/Calpara sustraer medicamentos de uso oficial y distribución exclusiva del Estado dominicano, los cuales eran vendidos al público, según el Ministerio Público.

Este negocio ilícito fue desmantelado mediante una operación que se llevó a cabo en la ciudad de Moca, provincia Espaillat, dirigido por el Ministerio Público, con el apoyo del Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM), e inspectores de DIGEMAPS, en las que fueron realizados tres allanamientos, ocupando más de 2,000 productos farmacéuticos, de uso personal y cosméticos.

Entre los productos incautados se encuentran medicamentos para la presión arterial, para la diabetes, anticonceptivos, estimulantes y potenciadores sexuales, antibióticos, antivirales, antigripales, óvulos vaginales, hemorroidales, vitaminas para niños, vitaminas para adultos, antihistamínicos, antibacteriales, entre otros, así como pruebas de embarazo y pruebas de covid-19.

También fueron incautados productos de uso hospitalario, como catéteres, jeringas, mariposas, cánulas, productos de elaboración artesanal para infección y gripe (sancochito), productos de uso personal cosméticos, entre otros no regulados por el Departamento de Farmacovigilancia del Ministerio de Salud Pública.

Estas acciones cometidas por Encarnación Rodríguez constituyen una violación a los artículos 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 155 numeral 13 de la Ley 42-01, General de Salud; los artículos 16, 30, numerales 3, 5, 6, 7 y 8, 31 y 33 de la Ley 17-19, sobre Erradicación del Comercio Ilícito, así como también la violación a los artículos 2, numeral 12, 6, 7 de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos.

Así como también faltó a los artículos 327, 338, 339 y 343 de la Ley 168-21, de la Dirección General de Aduanas; a los artículos 204, 236, 237, 239 de la Ley No. 11-92, del Código Tributario y a los 379 y 386 (párrafo 3) del Código Penal Dominicano, que tipifican el robo asalariado, en perjuicio del Estado dominicano, a través del Promese/Cal.

Ensegundos.do

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