El Cuarto Juzgado de Instrucción de la Cámara Penal del Distrito Nacional, conoce este jueves la revisión obligatoria de las medidas de coerción impuestas a Wesly Vincent Carmona (El Dotolcito), Alison de Jesús (Chiquito) y a Luis Brito Troncoso (Luisito), imputados de realizar el atraco donde murió el joven Joshua Omar Fernández.

Se recuerda que fecha 19 del mes de mayo del presente año, se le dictó al imputado Alison de Jesús Pérez, “Chiquito”, la medida de coerción establecida en el artículo 226 del CPP, consistente en prisión preventiva por un año en la cárcel pública la Victoria, mientras que a el Dotolcito se le impuso la misma medida, a cumplirse en la cárcel pública Najayo.



Según el MP, Luis Alberto Brito Troncoso se asoció con los imputados Wesly Vicent Carmona Corcino (El Dotolcito), Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), presos en Najayo, para cometer el asalto contra Isanel Morel Encarnación, Alberto José Reyes Jiménez y Misael Morel Encarnación y que cuando se retiraban del lugar hicieron varios disparos, uno de los cuales impactó a Joshua Fernández Decena, provocándole la muerte.

Según el acta de levantamiento de cadáver realizado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que figura anexa en el expediente, el joven Joshua Omar falleció debido a heridas por proyectil de arma de fuego en región frontal izquierda y salida en región occipital izquierda.



La Fiscalía del Distrito Nacional, representada por la fiscal litigante Yanit Pujols Casado, solicitó al tribunal imponer un año de prisión preventiva al encartado, afirmando que este no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a los mismos, en razón de que no cuentan con el arraigo ni los presupuestos suficientes para descartar el peligro de fuga.

El órgano acusador otorgó al presente caso la calificación jurídica de “Homicidio voluntario, robo agravado, uso ilegal de armas de fuego y asociación de malhechores”, delitos que están tipificados por los artículos 265, 266, 295, 302, 379 y 385 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.