El Tribunal Colegiado de Villa Altagracia impuso este viernes una condena de 20 años a dos de los nueve policías implicados en la muerte a tiros de los esposos Elisa Muñoz Marte y Joel Eusebio Díaz Ferrer, cuando se desplazaban en un automóvil por la autopista Duarte en marzo del año 2021.

La condena fue dictada por los jueces Massiel Ivette Alonzo Rodríguez, Dante Ozuna Mercedes y Ana Hernández Méndez, en contra del raso Guillermo Rosario Melo y el coronel César Maríñez Lora, quienes también deberán pagar las costas penales del proceso.



Además del asesinato de la pareja, el órgano de persecución penal también les atribuye incurrir en intento de asesinato contra los acompañantes de estos, los jóvenes Claudio Alberto Ramírez Lamais, herido en la balacera, y Carlos José Pérez Báez, quien resultó ileso.

La acusación señala que la pareja falleció bajo fuego de los agentes actuantes el 30 de marzo de 2021, alrededor de las 10:50 de la noche, cuando las víctimas se trasladaban a bordo de un vehículo marca Kia, modelo K5, color blanco, por la Autopista Duarte, a nivel del Kilómetro 45, luego de haber participado en un evento religioso en el paraje Los Ganchos, del municipio Villa Altagracia. Los esposos Díaz Ferrer y Muñoz Marte recibieron múltiples heridas de balas.



Específica que la citada noche, el acusado Maríñez Lora, luego de escuchar a través de la radio de comunicación de la Policía Nacional que los ocupantes de un carro blanco, marca Hyundai, habían cometido varios atracos en el municipio Bonao y que se desplazaban en dirección a Santo Domingo, se dirigió al kilómetro 45, junto a los acusados Reyes Navarro, De los Santos, Rosario Melo (quien no estaba de servicio) y Rincón Martes.

Señala que unos minutos después llegaron al lugar dos unidades motorizadas compuestas por Domingo Perdomo Reyes, Norquis Rodríguez, Juan Samuel Ogando Solís y Anthony Castro.

El órgano acusador indica que los procesados improvisaron un retén y obstaculizaron la vía a los fines de detener los vehículos que se desplazaban en sentido norte-sur.

En esas circunstancias, al momento de notar la llegada del Kia color blanco de los esposos, realizaron ráfagas de disparos con armas de varios calibres y desde distintas direcciones, sin una requisa previa del automóvil y sus ocupantes.

La conducta de los acusados fue calificada de violación a los artículos 2, 265, 266, 295, 296, 297 y 302, del Código Penal Dominicano, y el artículo 66 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.