El director del Instituto Nacional de Transitito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras, negó que el organismo aumente el valor de las multas por el vencimiento de las licencias de conducir, como han denunciado ciudadanos.

Dijo que cumplen con las tasas están contempladas en la Ley 63-17 de Tránsito y Movilidad, y aclaró que lo que se cobra por tiempos vencidos es lo establecido: RD$1,900



La Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su artículo 209 establece: “La no renovación de la licencia de conducir en el plazo establecido en el artículo anterior de la presente ley, será considerada como una falta administrativa y se sancionará con el pago de una multa equivalente al costo general del servicio multiplicado por el número de años que haya demorado para renovar el documento”.

Algunos ciudadanos han denunciado que las autoridades les cobran el doble y hasta el triple del costo de renovación de licencias, pero de acuerdo con Beras eso no es cierto, porque no ha habido aumento en la tasa.



Puso de ejemplo que si una persona no renueva su licencia cada cuatro años, como manda la Ley 63-17, cuando lo haga debe pagar por los períodos vencidos que son de cuatro años.