El titular de la Secretaría de Asuntos Jurídicos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), José Dantés Díaz, llamó a los partidos políticos a estar muy atentos a las acciones del Tribunal Superior Electoral (TSE), que debe tomar en cuenta la supremacía de la Constitución de la República y no lo ha hecho en el caso del Colegio de Abogados.

Dantés Díaz aseguró que el TSE no tiene facultad para conocer de un amparo sobre las elecciones del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) y que se ha autoasignado esa potestad de querer conocer ese tipo de acciones.



¨Lo preocupante es que ese órgano va a ser el árbitro que conocerá los asuntos contenciosos que se deriven de las elecciones en este año y entonces se está enrareciendo el ambiente¨, manifestó.

Explicó que la Constitución en su Artículo 214 que crea el TSE dice claramente que ese órgano reglamentará los procedimientos de su competencia. Sin embargo, dijo que esa competencia no la manda ni la Carta Magna, ni la ley del TSA que es la 29-11, ni la ley del Tribunal Constitucional.



El abogado indicó que los procedimientos constitucionales dicen que lo relativo a las elecciones de los gremios profesionales se conocerán a través de la jurisdicción ordinaria, lo que quiere decir, que no es en un tribunal especializado como el TSE.

Entrevistado en el programa Toque Final con Julio Martínez Pozo que se transmite por Antena 7, Díaz explicó que la Ley Orgánica actual de Régimen Electoral 22-23 establece de manera expresa cuáles son las facultades y atribuciones del TSE, tras destacar, que asignarse competencias o funciones llama mucho la atención porque toca el tema no sólo de la institucionalidad, sino también de la legitimidad de sus decisiones.

Asimismo, precisó que uno de los requisitos para actuar en justicia es tener la calidad para acudir a un tribunal. ¨En este caso el candidato de las pasadas elecciones del CARD por parte de una de las corrientes gremiales tendría que demostrar la vulneración a derechos fundamentales y no se configuraron¨, expresó.

Consideró que la jurisdicción a la que él acudió no tiene las competencias para ocuparse de esos asuntos y que esa persona tampoco tiene la calidad para haber acudido, y que, además, por donde sea que se mire este tema es totalmente improcedente y ese recurso era inadmisible también.

Dijo que se trata del Tribunal Superior Administrativo (TSA) porque el CARD es un órgano de derecho público al cual el Estado le ha delegado unas funciones para regular el ejercicio de la profesión del derecho, jurisdicción en la que se debería de conocer cualquier tipo de reclamo o impugnación de ese gremio profesional o de otro gremio que tenga dentro de sus facultades la regulación del ejercicio de profesiones en el país.

El dirigente político insistió en que las implicaciones de ese hecho no son positivas, porque a su entender, el TSE con esa decisión está dando señales de parcialidad a favor del partido de Gobierno.

¨Tomando en cuenta que ese es el órgano que va a conocer de los asuntos contenciosos que se deriven de las elecciones de febrero y de mayo, al haber actuado con respecto a las elecciones del CARD, mina un poco su credibilidad de cara al futuro¨, afirmó.

Agregó que se está hablando de ¨violaciones groseras¨, de desconocimiento de asuntos tan elementales como el hecho de que hay una jerarquía de normas y de que un reglamento jamás podrá estar por encima de una ley, mucho menos de la Constitución.