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El agente militar, policial o del MP que niegue a un detenido una llamada, será sancionado de 1 a 2 años de prisión

Artículo 293: Violación del derecho de llamada.

El agente o personal de un recinto policial o militar, así como el miembro del ministerio público actuante o el funcionario judicial que niegue a un detenido el ejercicio del derecho a contactar, vía llamada telefónica a un familiar, abogado o persona de su confianza para informar sobre la restricción de su libertad, será sancionado con 1 a 2 años de prisión menor y multa de tres veces el salario que perciba el funcionario o servidor público al momento de la comisión de la infracción.

Es importante que toda la ciudadanía pueda leer e interactuar con este proyecto de código penal antes de ser aprobado, a los fines de que con tiempo puedan emitir sus sugerencias, ya que este artículo de igual modo no se trata de nuestra opinión personal, sino de las posibles disposiciones que se aprobarían y que este artículo sirva de orientación y concientización de las nuevas disposiciones.

Amaury Mo

Amaury Mo

Amaury Moreno (Amaury Mo) es un periodista digital y creador de contenidos dominicano con más de 12 años de experiencia. Director creativo de Ensegundos.do desde 2007, es considerado uno de los pioneros del periodismo online en República Dominicana. Especializado en noticias de última hora, reportajes de calle y temas sociales, combina un estilo directo y cercano con producción multimedia propia. Actualmente dirige la línea editorial del portal y genera contenido que se comparte masivamente en redes sociales y WhatsApp en todo el país.