Que en República Dominicana un invasor a la propiedad privada pueda contestar los derechos del legítimo dueño, habla volúmenes de la inseguridad jurídica que impera en esta tierra idílica.

Un título de propiedad emitido por el Poder Judicial no es suficiente para probar, de manera pura y simple, que una persona es el legítimo dueño de un terreno y que lo posee en pleno derecho.



Irónicamente, si un tercero sin calidad alguna contesta el derecho del propietario mediante una litis ante el Tribunal de Tierras, el titular de la propiedad tiene que demostrar ante el mismo Poder Judicial que le emitió el certificado de título, que es dueño de determinado terreno toda vez que sobre su inmueble pesa una inscripción judicial gestionada por el ocupante ilegal.

Aunque parezca insólito, la realidad es que en República Dominicana un invasor a la propiedad privada, aunque no tenga ni una servilleta que indique que tiene derechos sobre determinado inmueble, puede iniciar una litis sobre derechos registrados en contra del legítimo propietario.



Propietario que, dicho sea de paso, compró su activo a título oneroso; si heredó, pagó un impuesto sucesoral; y, como tenedor del bien, está obligado a pagar cada año un impuesto sobre el patrimonio inmobiliario.

A pesar del proceder legal del propietario, el sistema de justicia de República Dominicana tiene a bien acoger una litis sobre derechos registrados incoada por un invasor que no tiene derechos y procede temerariamente en contra de la persona física o jurídica que tiene un título definitivo que la declara como dueña.

Ciertamente, que el poder judicial admita que una persona sin calidad proceda en justicia entorpeciendo, de esa manera, el ejercicio del derecho a la propiedad privada, constituye no sola una afrenta a la institucionalidad, sino también un incentivo al mal comportamiento y, en ese mismo orden, un castigo al que procede apegado a lo que establece la ley.

De esa manera el poder judicial termina haciendo lo opuesto a lo que debería hacer en principio que es castigar al que viola la ley y proteger al que la cumple.

Si bien es cierto que, en principio, el legítimo propietario terminará prevaleciendo en los tribunales contra el invasor que, sin base alguna, pone su derecho bien habido en tela de juicio, el proceso para hacer lo propio puede ser largo, tedioso y sumamente costoso.

Es, de hecho, tomando en cuenta ese particular, que el invasor y su abogado – quien es, básicamente, su socio en ese sucio negocio -deciden demandar al propietario. Lo hacen para extorsionarlo; para ponerlo en una posición donde el legítimo dueño se supedita a la ineficacia del sistema de justicia o premia el mal comportamiento dándole una suma de dinero al invasor para que desista de su litis temeraria.

Con una litis inscrita en el inmueble – aunque el invasor que la incoa no tenga calidad para actuar en justicia – se le hace cuesta arriba al propietario usufructuar su propiedad, máxime si el invasor la ocupa entretanto se dirime la litis en los tribunales.

Cabe señalar, de hecho, que los invasores inician el litigio buscando que, en efecto, se sobresea – es decir, se postergue judicialmente – cualquier proceso de desalojo entretanto los tribunales se pronuncien en torno al litigio. Esto ata de manos al Abogado del Estado quien es que tiene a su cargo atender los casos de invasión a la propiedad privada y autorizar la fuerza pública para el desalojo del que osó ocupar lo ajeno y rehusó entregarlo de manera voluntaria al legítimo dueño.

Dada la lentitud y onerosidad de nuestro sistema judicial, una gran parte de los propietarios que se ven afectados por este tipo de acciones judiciales terrorísticas en naturaleza terminan negociando con el invasor.

Procediendo en ese orden contribuyen a que en esta tierra de Quisqueya sigan operando mafias que erosionan el Estado de derecho y el nivel de competitividad no solo del sector inmobiliario, sino de toda la economía nacional, a lo largo y a lo ancho, de manera transversal. Y es que la tierra es el insumo fundamental de toda gesta empresarial y existencial en sentido general. Basta considerar que desde que Dios creó al mundo no le ha añadido una pulgada a la tierra y toda persona que nace tiene que vivir en y de ella.

Esta dinámica se traduce en más demanda y menos oferta de tierra a medida que los que necesitamos ocuparla y usufructuarla aumentamos mientras que su superficie no crece ni infinitesimalmente. Por tanto, la capacidad o incapacidad que tiene un gobierno de proteger el derecho a la propiedad privada determina, en medida significativa, la salud de la economía.

No cabe duda de que, a través de los años, en República Dominicana las inversiones y proyectos que se han dejado de ejecutar por la preponderancia de las invasiones a la propiedad privada han sido demasiadas. En términos agregados respecto de lo pecuniario, son miles de millones de dólares los que se han dejado de percibir no solo en utilidades a accionistas, sino también en impuestos al Estado.

Esto, por vía de consecuencia, resulta en una pérdida de bienestar para la gran mayoría del pueblo dominicano merced del accionar de una minoría mafiosa que invade propiedades sin encontrarse de frente con las autoridades que se supone castiguen ese tipo de comportamiento que compromete nuestra capacidad de crecimiento y desarrollo en todos los ámbitos de la vida nacional.

En el nuevo código penal que actualmente se está debatiendo en el Congreso Nacional se tipifica y sanciona la invasión a la propiedad privada con penas que, sin dudas, amedrentarían a los que se inclinan a cometer este crimen que afecta de manera fundamental tanto el clima de negocios como la seguridad ciudadana en nuestra amada República Dominicana.

Por tanto, esperamos que el particular se apruebe cuanto antes sin tener que vulnerar el derecho a la vida con las infames tres causales.

Entretanto llegue ese momento y más allá de la aprobación de esa pieza legislativa como tal, es preciso que el Poder Judicial establezca una especie de filtro procesal de modo que la mafia de invasores a la propiedad privada no puede litigar en las cortes de manera temeraria para extorsionar al ciudadano quien es legítimo tenedor de derechos registrados y cumplidor de los deberes tributarios que vienen con ellos inextricablemente emparejados.

El autor es economista. Sitio web www.jonathandoleo.com