El abogado José Miguel Miniel, representante del empresario Ángel Rondón, afirmó que la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, debería ver la ¨falencia¨ del recurso de revisión ante el Tribunal Constitucional en contra de la sentencia que dispuso la absolución del caso Odebrecht.

¨Debería desistir del mismo porque es una vergüenza para el Ministerio Público poner en entredicho todo un sistema cuando le declaren inadmisible¨, expresó Miniel, tras asegurar, que ese órgano tiene ¨bocinas¨ que defienden toda actuación arbitraria e ilegal.



El abogado destacó que en el 2017 Rondón dijo a la prensa que todo el dinero que había recibido de Odebrecht había sido del pago de honorarios de su comisión de los contratos de representación, que eso se demostró ante el juez de la instrucción en la etapa intermedia y que ordenó auto de apertura a juicio.

Precisó que se demostró con los testigos a cargo del Ministerio Público que Rondón no recibió dinero para sobornar a ningún funcionario y que el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional descargó a los imputados que estaban acusados de recibir soborno y condenó a su defendido por soborno, sin existir el elemento material.



Entrevistado en el programa Toque Final con Julio Martínez Pozo que se transmite por Antena 7, el jurista calificó de ¨irresponsable¨ al Ministerio Público y a los que defienden dicho recurso de revisión constitucional, porque en esas 53 páginas el nombre de Rondón sólo aparece en la primera y en la 13, por lo cual entiende, que el mismo es contra Víctor Díaz Rúa.

Dijo que tal expediente lo hicieron en base a enriquecimiento ilícito y que Rondón no es funcionario, razones que explican que no hay argumento, ni forma de desarrollar un recurso de revisión constitucional.

¨Si existiera objetividad y seriedad en el Ministerio Público, si ellos se respetaran, respetaran a la sociedad y a la norma, desistieran de ese recurso¨, manifestó el abogado.

Recordó que no se respetó la etapa preparatoria ordenando el archivo de ese expediente porque no había pruebas como se demostró en todo el proceso, con todos los testigos y con los brasileños que viajaron a la República Dominicana.

Indicó, además, que como Jean Alain Rodríguez, exprocurador general de la República, no es el que dirige la Procuraduría se va a decir ahora que la actual procuradora, Mirian German Brito, fue quien ordenó que hicieran ese ¨adefesio¨ de recurso de revisión constitucional o los que gobiernan el Palacio Nacional.

Precisó que el recurso debe ser analizado, saber si es admisible o si es relevante y que quien falló fue el juez de la instrucción, Ortega Polanco, cuando ordenó apertura a juicio ocultándose toda la prueba, violando el debido proceso y el derecho de defensa, porque a juicio de Miniel, esa condena en primer grado no tenía base jurídica porque no había pruebas.

Dijo que es necesario hacer una aclaración para que la sociedad entienda que la Ley 137-11, ley Orgánica del Tribunal Constitucional, establece unos requisitos para cualquier persona que quiera acceder ante el TC con un recurso de revisión debe reunir los requisitos de relevancia constitucional, luego, si se desarrolla como manda la propia ley, los reglamentos y las decisiones jurisprudenciales que dicta, entonces, lo declaran inadmisible.

¨Ese recurso bajo ningún concepto lo van a declarar admisible¨, reiteró el abogado.