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Partidos piden a la JCE regular independientes

Amaury Mo 15 enero 2025
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Una solución administrativa es la apuesta de los partidos a la sentencia 788-24 del Tribunal Constitucional, que crea condiciones para que puedan presentarse candidaturas independientes.

Esto implica que, en vez de recurrir al Congreso a los fines de adecuar la Ley a la referida sentencia y condicionar la presentación de propuestas en las que tal vez podrían perder meses en deliberaciones, se asirán de las prerrogativas que le confiere la Ley a la Junta Central Electoral para decidir sobre estos temas.

Encuentro con JCE

Detalla El Día que representantes de los partidos Revolucionario Moderno (PRM), Fuerza del Pueblo (FP) y Liberación Dominicana (PLD) se reunieron con el pleno de la JCE para abordar varios aspectos, entre ellos, la regulación de las candidaturas independientes.

“No hay documento, fue una conversación que tuvimos invitándoles a que auspicien una consulta y un consenso con los partidos para reformar esos artículos que la sentencia está anulando”, informó Danilo Díaz, delegado del PLD ante la JCE.

Este martes el coordinador de Participación Ciudadana, Erick Hernández, informó que los órganos internos de la entidad, se reunirán en lo inmediato para fijar una posición definitiva.

Trabajo de la JCE

“Sin embargo, es importante destacar que la misma sentencia indica que independientemente de su fallo, el legislador conserva la facultad, si lo desea, de regular las candidaturas independientes”, dijo Hernández.

Hernández, quien también es constitucionalista, indicó que el tribunal operó dentro de sus competencias, explicando que las sentencias pueden ser exhortativas, adictivas, que es cuando se les agrega valor, o reductivas, que es cuando son eliminadas partes de la Ley.

Competencias violadas

“Lo preocupante para el sistema, no solo en relación con los partidos políticos, es que el Tribunal Constitucional se ha adentrado abordando uno de los temas previstos para leyes orgánicas.

Es en esa dirección que van los votos disidentes de la sentencia, pues el tribunal no tenía competencias para regular lo orgánico”.

Al igual que los partidos, Hernández entiende que es la JCE la que debe examinar de qué manera regulará la sentencia y que el mismo tribunal reconoce que la entidad tiene la facultad para hacerlo.

Todas esas exigencias de los partidos políticos deberán ser abordadas por vías reglamentarias o por resoluciones de la JCE, buscando no solo la igualdad entre las partes, sino también teniendo un control de esas candidaturas independientes que, si bien es cierto que tienen su valor, no deben alterar el escenario electoral”.

Contexto de sentencia

El tema inició en el proceso de inscripción de candidaturas en el pasado proceso electoral, con una acción directa de inconstitucinalidad elevada ante el TC por Alberto Fiallo, un aspirante a senador a quien la JCE rechazó su matriculación como candidato independiente.

Los artículos de la Ley electoral en discusión fueron el 156 y el 157 que, aunque versaban parcialmente sobre las candidaturas independientes, no presentaban un marco claro sobre el que el organismo electoral pudiera actuar.

Es así como el tribunal decide no limitarse a conocer la constitucionalidad de la Ley sino que se adentra aún más en sus competencias y decide pasar de una sentencia que exhorta, a una sentencia que legisla.

No obstante, en la misma sentencia se establecen límites de participación para los candidatos independientes. Los aspirantes deberán presentar un programa de gobierno y lograr en firmas el apoyo de un 2 % del último padrón de electores de la demarcación por la que aspira.

Pero todo esto también plantea otros aspectos de conflicto, como lo son las candidaturas a diputados, cuyos resultados son decididos tras aplicar el método DHondt

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