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Ensegundos.do

Tribunal rechaza acción de amparo interpuesta por la empresa Worldcoin

Por Ensegundos.do
1 abril 2025
Tiempo de lectura:2 minutos de lectura
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La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) emitió una sentencia que rechazó las pretensiones de la empresa Worldcoin Foundation que procuraba rechazar las medidas administrativas tomadas por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) y así reiniciar sus operaciones en República Dominicana.

Así lo informó el director de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, quien enfatizó que esta medida busca proteger los derechos de los ciudadanos dominicanos frente a posibles abusos en el manejo de datos personales y en la implementación de contratos abusivos.

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Alcántara destacó la relevancia de garantizar un marco regulatorio claro y transparente para cualquier actividad comercial que introduzca nuevas tecnologías en el país.

Mediante la sentencia número 0030-04-2025-SSEN-00133, emitida este 26 de marzo, se rechazó la acción de amparo interpuesta por Worldcoin Foundation el pasado 2 de enero.

El TSA determinó que la empresa no presentó pruebas suficientes para demostrar una violación a sus derechos fundamentales.

El fallo subrayó que las alegaciones de «amenazas y órdenes de cese» por parte de Pro Consumidor no cuentan con evidencias en el expediente procesal.

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El tribunal dentro de sus considerandos motivacionales de la referida sentencia, dejó claramente establecido que se evidencia que la entidad defensora de los derechos del consumidor y usuarios, con las decisiones administrativas tomadas, procura garantizar la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, en vista de lo delicado del tipo de operación realizada por la referida empresa, como es la de capturar datos biométricos, en este caso imágenes de iris, y convertirlas en un único código para validar unicidad, señalando que por lo tanto, es responsabilidad de Pro Consumidor ejercer la función para lo que fue creado, por lo que su referida acción no constituye afectación de la libertad de empresa.

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Además, el tribunal dispuso que «la presente resolución sea comunicada por Secretaría a las partes envueltas en el proceso, así como a la Procuraduría General Administrativa», y ordenó que la sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo, conforme los artículos 42 y 46 de la Ley núm. 1494 de 1947, que regula la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Se recuerda que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó la medida cautelar interpuesta por la empresa Worldcoin Foundation que procuraba dejar sin efecto el acto en el que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor dispuso la suspensión de sus actividades en el país, mediante la sentencia número 0030-01-2025-SSMC-0014.

Alcántara afirmó que Pro Consumidor continuará vigilante para garantizar que todas las empresas que operen en el país cumplan con nuestras leyes y respeten los derechos de los ciudadanos, subrayando su compromiso con la defensa de los consumidores y la regulación justa de las nuevas tecnologías.

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