Autor: Luis Enrique Iglesias Trinidad.– El Poder Ejecutivo ha sometido un proyecto de ley para regular los juegos de azar en el país. El proyecto representa un significativo avance frente a las normas dispersas que tenemos actualmente. Sin embargo, es posible observar la conservación de vicios conceptuales que amenazan la operatividad de la ley.
Para entender este problema, iniciaremos por referirnos a la clasificación de los establecimientos de apuestas y sus respectivas licencias.
Actualmente, existe una regulación orientada a establecimientos. Se clasifican y otorgan licencias para operar “bancas deportivas”, “bancas de lotería”, “agencias hípicas”, “bingos”, “casinos”, “salas de máquinas tragamonedas”, etcétera. No obstante, en la práctica, en un solo establecimiento se operan distintas modalidades de apuestas, bajo distintas licencias, aunque el nombre indique una única modalidad.
Por lo tanto, este enfoque ya no es congruente con la realidad del sector. Podemos observar indicios de estas inconsistencias y deficiencias conceptuales en el propio proyecto de ley:
- El artículo 3: (a) denomina a las bancas de apuestas deportivas como “casas de apuestas deportivas”, mientras que a las bancas de loterías como “casas de lotería, agencias o puntos de venta”; (b) define “salas de juego de máquinas tragamonedas” como establecimientos en los que se desarrollan juegos de máquinas tragamonedas, sin embargo, pueden instalarse máquinas tragamonedas dentro de un casino o una banca deportiva; y, (c) define “loterías electronicas” primero como juegos de lotería vendidos mediante un sistema automatizado y luego como sociedades.
- El artículo 21, admite la deficiencia conceptual y enlista indistintamente “establecimientos y juegos” sin distinguir uno del otro. Inclusive, menciona a las tragamonedas con tres nombres diferentes: “salas de juegos de máquinas tragamonedas”, “máquinas tragamonedas” y “salas tragamonedas”.
Bajo el enfoque actual, que es mantenido en el proyecto de ley, tenemos situaciones en las que “adentro” de una banca deportiva “se encuentran” una banca de lotería, una banca de lotería electrónica, una agencia hípica y una sala de máquinas tragamonedas. En realidad, no son cinco establecimientos, sino un único establecimiento en el cual se operan las cinco modalidades de apuestas, bajo diferentes licencias.
Es por esta distorsión que proponemos una regulación orientada a licencias de operación de las diferentes modalidades de apuestas, y no a establecimientos para cada modalidad de apuesta. En principio, pudiera funcionar de la siguiente manera:
- Denominar “casas de apuestas” a todos los establecimientos destinados a la operación de apuestas (incluyendo bingos, casinos, agencias hípicas, etc).
- Expedir licencias de operación por modalidad de apuesta (licencia de juegos de loterías, licencia de apuestas deportivas, licencia de juegos virtuales, licencia de apuestas hípicas, licencia para operar máquinas tragamonedas, licencia para operar juegos de casino, etcétera).
- Cada modalidad de apuestas tendrá su respectiva licencia, impuesto, tasa, requisitos técnicos, características del establecimiento donde puede operarse, fianza, solvencia moral y económica de los operadores, etcétera.
- Toda casa de apuesta debe tener una acreditación de la DCJA visible que indique las modalidades de apuestas autorizadas, el número y el titular de la licencia.
De esta forma, la regulación sería más coherente con la realidad operativa del sector, formalizando la operación de distintas modalidades de apuestas en un mismo establecimiento. Esto es importante para que el proyecto cumpla su fin organizador y facilite la fiscalización y optimización de la recaudación y asegure un marco más ordenado, transparente y positivo para la industria del juego.
Es importante hacer memoria histórica. En sus inicios, quien apostaba en pelota acudía a una “banca de pelota”, porque ese era el único juego autorizado. Con la incorporación de otros deportes, el jugador siguió visitando el mismo lugar, pero entonces se llamaba “banca deportiva”. Hoy, ese mismo espacio, ahora es una “casa de apuestas”, porque coexisten modalidades distintas a la deportiva. La regulación tiene que tener por objeto la realidad y no un fantasma.
La clasificación de establecimientos y licencias es solo la punta del iceberg. Nuestra legislación arrastra errores conceptuales desde su médula: desde la definición de lo que constituye una lotería electrónica o una máquina tragamonedas, hasta la noción misma de qué es, en esencia, un juego. En próximas entregas, procuraré desmenuzar de forma clara y accesible la naturaleza del sector de apuestas, con la intención de contribuir a una legislación más coherente.