La Oficina Nacional de Defensa Pública alertó que al cierre del año 2024, al menos 2,220 personas se encuentran privadas de libertad por no poder cumplir con medidas de coerción de garantía económica impuestas por los tribunales.
La coordinadora del Departamento Judicial de Santiago, Marcia Ángeles, explicó que la prisión preventiva no siempre es impuesta por los jueces, pero que en su lugar se dicta una garantía económica que, en muchos casos, resulta imposible de cumplir para los imputados.
“Va Juan, por ejemplo, que es una persona que no tiene absolutamente un centavo, se le impone una garantía económica de RD$300,000. ¿Para dónde va? Para la cárcel. Viene Miguel que no puede pagar RD$200,000, ¿para dónde va? Para la cárcel”, ilustró.
Ángeles, que participó en el segundo ‘Panel de Expertos’ sobre los desafíos del sistema judicial penal del país, señaló que esta situación afecta incluso a personas a las que se les impone fianzas tan bajas como RD$500.
“Solamente de esa cantidad, nosotros tenemos cerca de 500 personas privadas de libertad”, precisó la abogada. “Pero el número de personas que tenemos privadas de libertad por garantías económicas que van desde RD$500 hasta RD$20,000 llega ya a los 2,000 y pico de personas”.

Y agregó: “Tenemos 2,220 personas privadas de libertad por una medida de coerción que no debió de ser privativa de libertad, porque la garantía económica no se consiguió para que la persona vaya a prisión”.
Según la Escuela Nacional de la Judicatura, una de las debilidades persistentes del sistema de justicia penal del país ha sido la ausencia de una oficina probatoria que recopile y analice información socioeconómica sobre los imputados y condenados.
Detalla el articulo en el Listin Diario, que aunque el Código Procesal Penal establece que deben tomarse en cuenta las características personales del imputado (educación, situación económica y familiar, oportunidades laborales), en la práctica judicial “estos elementos rara vez son evaluados”.
“Limita gravemente la posibilidad de realizar una individualización real y justa de la pena”, subrayó el centro de estudios.
La abogada explicó que esta herramienta ayudaría a los jueces a cumplir con el artículo 235 del Código Procesal Penal, que ordena imponer medidas proporcionales a las condiciones del acusado.
Por su parte, la directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz, que también participó en el segundo ‘Panel de Expertos’, aclaró que existen alternativas a la garantía económica en efectivo.
“Tenemos que diferenciar la garantía económica a través de una fianza que es por un contrato de una compañía aseguradora, en el que no se paga el monto de la imposición, sino una prima, y entonces esta empresa, a través del contrato de seguro, como lo hace con un seguro de vehículo, asegura la presencia del procesado en las actuaciones procesales”, indicó.
Menores infractores
Marcia Ángeles también abordó la situación de los menores infractores y la problemática del uso excesivo de la prisión preventiva en la República Dominicana.
Si bien el número de centros para menores infractores no es alto, Ángeles afirmó que las cifras de estos casos tampoco son alarmantes, aunque generen un mayor impacto mediático que los delitos de adultos.
Ángeles explicó que la privación de libertad de un adolescente solo ocurre por hechos que, en el ámbito ordinario, conllevan penas superiores a cuatro años, en consonancia con el Código Penal.
Sin embargo, denunció una grave deficiencia en el sistema: la falta de centros especializados para jóvenes adultos.
Señaló que la Ley 136 establece que deben crearse centros de transición para este grupo, pues no es «correcto ni justo» que un joven de 18 años, que ya cumplió su pena, sea trasladado a centros penitenciarios como La Victoria, donde se mezclará con personas de 14 años, o sea, con jóvenes que aún están en desarrollo, exponiéndolo a aprender más sobre el crimen.