La Universidad Autónoma de Santo Domingo (Universidad Autónoma de San Luis) advirtió el sábado al ministro administrativo de la presidencia, José Ignacio Paliza , que el Jardín Botánico Nacional está protegido por un fuerte marco jurídico nacional e internacional que prohíbe su reducción o fragmentación.
Luis Carvajal , coordinador de la Comisión Ambiental de la UASD, dijo que la Constitución de la República y la Ley General de Medio Ambiente (6400) y otras prohíben, además, el cambio de uso o alteraciones de la función científica, ambiental y cultural de ese recurso natural.
Carvajal, miembro de la Academia de Ciencias de la República Dominicana, recordó que el Jardín Botánico está registrado como área protegida bajo la categoría de “área científica”, por lo tanto, goza de protección especial y no puede ser recortado, fragmentado ni afectado en su integridad ecológica ni funcional.
El ejecutivo universitario hizo la advertencia luego que Paliza, a través de un video en las redes sociales, invitara a la ciudadanía a un acto público, el próximo miércoles, a las 10:00 de la mañana, en el Jardín Botánico, para dar a conocer el proyecto de infraestructura que desarrolla el Gobierno en el lugar.
El proyecto sería una solución a los embotellamientos del tránsito vehicular en los alrededores del parque.
“Esperamos que usted no anuncie una violación a las leyes, señor ministro”, expresó Carvajal, en un comunicado enviado a los medios de comunicación.
“Cualquier intervención que altere su extensión, fragmentación ecológica o función es inconstitucional, ilegal, científicamente insostenible y éticamente inaceptable”, siguió diciendo.
Protección legal
El funcionario de la UASD dijo que los artículos 66 y 67 de la Carta Magna imponen al Estado la obligación de proteger espacios como el Jardín Botánico, y prohíben toda acción que implique regresión ambiental.
Los artículos 129, 130 y 175 de la Ley General de Medio Ambiente, 64-00, indican que las áreas protegidas no pueden ser degradadas, ni su categoría modificada sin seguir los procedimientos legales y que las personas causantes de ese daño son pasibles de sanciones administrativas, civiles y penales.
Asimismo, que cualquier intervención que altere el uso del Jardín Botánico para obras viales u otros fines urbanos sería una violación directa a esto a los artículos 5 y 6 de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).
El principio de No Regresividad Ambiental establece que ningún derecho ambiental conquistado puede ser reducido o eliminado por decisiones administrativas o presupuestarias.
La Ley de Planificación e Inversión Pública (498-06) exige que toda obra de infraestructura cumpla con evaluaciones ambientales, respetando los instrumentos de ordenamiento territorial y no contradiga leyes superiores.
Doloroso Henríquez
El ministro de Medio Ambiente, Paíno Henríquez, afirmó que el proyecto de infraestructura que ejecuta el Gobierno en los alrededores del Jardín Botánico Nacional solo impactaría el 0.01 por ciento del área de dos millones de metros cuadrados del parque.
De ser así, la zona a intervenir sería ínfima ya que el 0,01% de los dos millones de metros del parque son solo 200 metros cuadrados.
Henríquez señaló que hay una situación grave con el tráfico que también tiene impacto ambiental.