
El abogado Julio Cury, representante legal del comunicador Pablo Ross, solicitó su libertad condicional tras haber cumplido más de siete años de una condena de diez, argumentando que su defendido padece cáncer de próstata con metástasis en ambos pulmones y que ya ha cumplido más del 70 % de la pena impuesta.
Durante una audiencia celebrada en el Tribunal de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, Cury informó que las condiciones mencionadas, de acuerdo a la Ley 164-80 sobre libertad condicional, permiten acceder a beneficios penitenciarios.
Ross, de 62 años, se encuentra recluido en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres, donde ha permanecido durante siete años y dos meses.
La jueza Licelot Casado emitirá el fallo a esa petición el próximo 10 de noviembre, donde decidirá si concederá liberar a Ross bajo algunas condiciones.
Pablo Ross fue condenado en el año 2019 por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, por ser hallado culpable de incesto en perjuicio de su hijastra menor de edad.
Su defensa sostiene que el comunicador ha mostrado una conducta ejemplar, cuenta con 26 diplomados cursados ??durante su reclusión, ha pasado las evaluaciones psicológicas y psiquiátricas requeridas y ha desagraviado económicamente a la víctima con el pago de un millón de pesos.
El abogado también criticó que se insista en la presencia de los padres de la víctima en el proceso de seguimiento, recordando que la joven ya es mayor de edad y es ella quien debe asistir a la audiencia de solicitud de libertad.
En el año 2020, la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la sentencia de 10 años de prisión y el pago de dos millones de pesos en indemnización impuesta a Ross.
Los hechos ocurrieron entre 2014 y 2018 en la residencia familiar ubicada en Bella Vista, cuando la víctima tenía 12 años. Las investigaciones, dirigidas por la procuradora fiscal Melba Pereyra, prepararon que Ross aprovechaba momentos a solas con la menor para agredirla sexualmente y amenazarla para que no contara lo sucedido.
El comunicador fue condenado por los delitos tipificados en los artículos 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, y los artículos 396, literales B y C, de la Ley 136-03 sobre Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Pese a su estado de salud delicado, continúa cumpliendo su condena en la cárcel, mientras su defensa insiste en que ya cumple los requisitos legales para optar por una modalidad de libertad bajo condiciones especiales.
La Ley 164-80 explica que para el condenado solicitar la liberación condicional debe haber cumplido la mitad de su pena (y en algunos casos, dos tercios o tres cuartas partes, dependiendo de la duración y el delito), demostrar buena conducta y hábitos de trabajo, y estar físico y síquicamente apto para reintegrarse a la sociedad.