Inundaciones provocadas por la tormenta Melissa. Foto: Duany Núñez.
Un grupo de senadores expresó este lunes su disposición de apoyar una posible declaratoria de estado de emergencia en el país, medida que permitiría al Gobierno disponer de atribuciones especiales para atender las provincias más afectadas por el paso del fenómeno tropical Melissa.
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, aclaró que hasta el momento el Poder Ejecutivo no ha comunicado si presentará formalmente una solicitud para aprobar dicho estado de excepción.
Desde la oposición, el senador Eduard Espiritusanto, de la Fuerza del Pueblo (FP) y representante de La Romana, manifestó su respaldo a la medida, siempre que sea estrictamente necesaria. “Si en algunas provincias se requiere para apoyar a los afectados, estoy de acuerdo. Siempre y cuando sea necesario”, declaró el legislador.
Por su parte, la senadora María Ortíz, del oficialismo, aseguró que el presidente Luis Abinader cuenta con el respaldo del Congreso Nacional para cualquier acción orientada a enfrentar los daños provocados por el fenómeno. “El Senado de la República ha demostrado ser solidario y comprometido. Estaremos atentos a cualquier situación que requiera nuestra aprobación”, afirmó la representante de Hermanas Mirabal.
Advertencia de la oposición
El senador Omar Fernández, también de la Fuerza del Pueblo, advirtió que estaría vigilante ante la posibilidad de que el Gobierno use el estado de emergencia para disponer de recursos públicos sin la debida supervisión. “Si a través del estado de emergencia se buscan fondos para manejarlos sin control ni fiscalización, eso sí tendría nuestra observación”, enfatizó el congresista del Distrito Nacional.
Antecedente y marco constitucional
El último estado de emergencia aprobado por el Congreso Nacional fue en el año 2020, durante el mandato de Danilo Medina, motivado por la pandemia de la COVID-19, y se extendió hasta octubre de 2021.
De acuerdo con el artículo 265 de la Constitución, esta medida puede ser declarada cuando se presenten situaciones que perturben gravemente el orden económico, social o medioambiental del país, o ante una calamidad pública. Además, las acciones adoptadas por el Poder Ejecutivo deben ser informadas al Congreso.
Por su parte, el artículo 262 de la Carta Magna define los estados de excepción como situaciones extraordinarias que amenazan la seguridad de la nación o de sus instituciones, frente a las cuales las facultades ordinarias del Estado resultan insuficientes.



