La Corte de Apelación de la Cámara Penal de Puerto Plata dictó una nueva decisión judicial en el caso que involucra al pelotero dominicano Wander Franco, anulando este martes la sentencia original de primer grado que lo había condenado a dos años de prisión con cumplimiento suspendido.
La sentencia, inicialmente emitida en junio, había sido objeto de múltiples recursos presentados por la defensa del jugador oriundo de Baní ante el tribunal de alzada. Tras la revisión, los jueces variaron la calificación jurídica del caso para Franco.
Modificación de la calificación jurídica
La Corte modificó el cargo de «abuso sexual infantil» por el de abuso psicológico y sexual. Con esta nueva calificación, el tribunal ratificó la pena de prisión suspendida para el deportista, y le impuso la obligación de pagar el equivalente a diez salarios mínimos, según las tasas establecidas por el Banco Central, en favor del Estado dominicano. Franco también deberá asumir las costas penales del proceso.
Condena definitiva para la madre de la víctima
Paralelamente, la misma alta corte ratificó y dio continuidad a la severa condena impuesta a la madre de la adolescente involucrada. La mujer fue sentenciada a diez años de cárcel tras hallarse culpable de los delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.
Los juzgadores determinaron que la madre incurrió en explotación sexual de su hija, de 15 años de edad, y posteriormente introdujo en el sistema financiero nacional los recursos económicos obtenidos de esa actividad ilícita, configurando el delito de lavado de activos.
La decisión de la Corte de Apelación pone fin a esta etapa del proceso judicial en Puerto Plata, estableciendo consecuencias legales distintas y más graves para la madre que para el pelotero.



