El caso de Yokairi Julian Sosa Asensio, una joven de 24 años condenada a 12 años de prisión, ha reavivado el debate sobre el debido proceso, la valoración de las pruebas y la suplantación de identidad en el sistema judicial dominicano. Su defensa sostiene que la joven fue condenada sin pruebas suficientes y que su identidad fue utilizada por una banda criminal para cometer un atraco.
Una identidad utilizada sin su conocimiento
Según explicó el abogado Jean Christopher Pérez, quien actualmente asume la defensa de la joven, Yokairi Sosa fue víctima de una suplantación de identidad. Fotografías extraídas de su cuenta de Instagram habrían sido utilizadas por una red delictiva para crear un perfil falso en la aplicación Tinder, con el cual contactaban a víctimas bajo la apariencia de encuentros sexuales.
A través de ese perfil, los delincuentes coordinaban citas que terminaban en asaltos armados. En uno de esos hechos, ocurrido en el sector María Auxiliadora, las víctimas fueron interceptadas por una banda de atracadores, resultando en un accidente de tránsito, heridos y la pérdida total del vehículo involucrado.
Una condena sustentada en un solo testimonio
La condena de Yokairi Sosa se basó, principalmente, en el testimonio de una de las víctimas, quien aseguró que ella era la persona con la que se comunicaba. Sin embargo, la defensa sostiene que no se presentaron pruebas corroborativas que vincularan a la joven con el hecho.
No se aportaron grabaciones de llamadas, audios, videos ni evidencia técnica que demostrara que el número telefónico utilizado perteneciera a la imputada. De hecho, una certificación oficial estableció que dicho número estaba registrado a nombre de un extranjero, sin vínculo alguno con Yokairi Sosa.
Asimismo, los peritajes realizados a su teléfono móvil no lograron ubicarla en el lugar del hecho ni evidenciar el uso de la aplicación Tinder.
Pruebas excluidas y deficiencias en la defensa inicial
La defensa actual también cuestiona el manejo del caso por parte de los abogados anteriores. Fotografías y pruebas que situaban a Yokairi Sosa en Barahona, a más de 200 kilómetros del lugar del atraco, fueron excluidas por el tribunal de primer grado. Según Pérez, esa exclusión debió ser impugnada oportunamente, pero no ocurrió.
Además, se estipularon pruebas audiovisuales sin ser reproducidas en el juicio, lo que, según el abogado, viola principios fundamentales como el de inmediación y el derecho a la defensa.
El testimonio del verdadero autor del delito
Un elemento relevante del caso es que uno de los condenados por el atraco, sentenciado a 15 años, confesó su participación y afirmó que no conocía a Yokairi Sosa, asegurando que la vio por primera vez cuando el Ministerio Público la presentó en audiencia. Esta declaración refuerza la tesis de que no existía vínculo alguno entre la joven y la banda criminal.
Un recurso ante la Suprema Corte de Justicia
Tras la ratificación de la condena por la Corte de Apelación, la defensa de Yokairi Sosa presentó un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, última vía legal disponible. El objetivo es lograr la anulación de la sentencia o la celebración de un nuevo juicio con mayores garantías procesales.
Un llamado a revisar el caso
Desde el centro penitenciario de Anamuya, donde cumple su condena —lejos de su provincia de origen y de su familia—, Yokairi Sosa envió una carta a la Procuraduría General de la República solicitando únicamente que su caso sea revisado. No pidió privilegios ni liberación automática, sino una investigación objetiva que permita esclarecer la verdad.
Su defensa insiste en que el caso evidencia fallas graves en el sistema y advierte que situaciones como esta pueden afectar a cualquier ciudadano si no se corrigen a tiempo.



